REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dos de mayo de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO: BP02-F-2012-000089
Se contrae la presente a la pretensión contentiva de Divorcio, interpuesta por el ciudadano Nelson Manuel Linares, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°.8.671.816, de este domicilio, asistido por las abogadas Anyi Jiménez y Magrelys Malaver, inscritas en el Inpreabogado bajo los N°s 100.823 y 81.149, respectivamente, en contra de la ciudadana Yolimar Mendoza Serrano, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°.9.463.927, de este domicilio, en la cual este Tribunal mediante auto de fecha 03 de agosto de 2012, acordó la citación de la parte demandada, mediante cartel de conformidad con lo dispuesto en el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil.-
De autos se evidencia, que la parte peticionante, en fecha 30 de abril de 2013, consignó las publicaciones del cartel de citación, de cuyas actas se desprende que el citado cartel fue publicado en los periódicos El Tiempo, en fecha 23 de abril del 2013 y El Norte en fecha 25 de abril del 2013; es decir, la parte peticionante no dio cumplimiento al intervalo de ley establecido en el citado artículo 223 ejusdem ; y por cuanto la citación es de orden público, y no puede ser relajada por los intervinientes, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en cumplimiento de los principios constitucionales establecidos en nuestra Carta Magna, y en resguardo del debido proceso y al derecho a la defensa que tiene todos los justiciables que acuden a la administración de justicia, repone la presente causa al estado de publicar nuevamente el cartel de citación en la presente causa, dando cumplimiento al lapso de publicación contenido en el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil.- Así se decide.- Líbrese nuevo cartel.-
El Juez Provisorio,
Abg. Jesús Gutiérrez Díaz. La Secretaria,
Abg. Mirla Mata Rojas
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