REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dos de mayo de dos mil trece
203º y 154º

ASUNTO: BP02-L-2013-000118
MONTO: Bs. F 55.796,67

SENTENCIA

Vista la TRANSACCION suscrita por el ciudadano RAUL ARNULFO PACHECO ROSELLI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 16.429.666, debidamente asistido por el abogado CARLOS ALBERTO ALFARO BAEZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 157.620, por una parte y por la otra, la empresa CONSTRUCTORA HERMANO FURLANETTO C.A, inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 22 de Octubre de 1.976, bajo el No. 94, Tomo 5-A, representada por la abogado MAYELIS LOPEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 118.880, en su carácter de apoderada judicial de la misma, según documento poder que riela a los autos; este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicha TRANSACCION, otorgándole el carácter de cosa Juzgada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y las Trabajadoras, 9 y 11 de su Reglamento y 89 ordinal 2° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y se da por terminado el presente procedimiento, ordenándose el archivo judicial del expediente. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Asimismo se ordena expedir por Secretaría las copias certificadas que se soliciten. Dada, firmada, sellada y refrendada, a los dos (02) días del mes de Mayo del dos mil trece (2013).
El Juez,


Abg. Ángel G. Parra


La Secretaria,

Abg. Yuriangel Caraballo.
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión. Conste.
La Secretaria,


Abg. Yuriangel Caraballo.