REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinticuatro de mayo de dos mil trece
203º y 154º

ASUNTO: BP02-L-2012-000599
Visto la diligencia que antecede, suscrita el ciudadano CESAR MANUEL MOREY VIZCANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No.10.953.070, en su condición de parte accionante, debidamente asistido por abogado en ejercicio EFRAIN ACOSTA GUZMAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No.4.222.549, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No.15.980, mediante la cual desiste del presente procedimiento interpuesto por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS, en contra de la sociedad mercantil FERTILIZANTES NITROGENADOS DE VENEZUELA FERTINITO, C.E.C., y, por cuanto el presente desistimiento no vulnera derechos irrenunciables del ex trabajador, ni normas de orden publico, es por lo que este Juzgado Cuarto de Primera Instancia del Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Homologa el desistimiento hecho por el accionante de conformidad con lo establecido en el artículo 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil, por aplicación analógica del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, otorgándose carácter de Cosa Juzgada . Así se decide.
Se acuerda la notificación mediante oficio de la presente resolución al ciudadano Procurador General de la Republica. Cúmplase.
REGISTRESE, PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN. Conste.
Se deja constancia de que, se provee en esta oportunidad, en virtud de la reincorporación de la ciudadana Juez adscrita a este despacho, en virtud del vencimiento del reposo medico prescrito y el permiso concedido. Conste.
La Juez,


Abg. María José Carrión G.
La Secretaria,


Abg. Maribi Yánez.
Seguidamente y en esta fecha, siendo las 11:15, a.m., se publico la anterior Resolución. Conste:


La Secretaria,


MJCG/MY.-