REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dos (02) de mayo de dos mil trece (2013)
203º y 154º
EXPEDIENTE: BP02-L-2013-000149
DEMANDANTE: LUIS MIGUEL YROBO HERNANDEZ
DEMANDADA: CHAWARMA´S LOLO C.A.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy, dos (02) de mayo de dos mil trece (2013), siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la instalación de la audiencia preliminar en la presente causa, contentiva del juicio por cobro de prestaciones sociales, incoado por el ciudadano LUIS MIGUEL YROBO HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 23.568.412 contra la empresa CHAWARMA´S LOLO C.A. Se anunció el acto a las puertas del Tribunal conforme a la Ley, habiendo comparecido el abogado ARGIMIRO RODULFO DOMINGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 96.387, actuando en sus carácter de apoderado judicial de la demandada CHAWARMA´S LOLO C.A., tal y como se evidencia de instrumento poder, el cual presenta en este acto para que previa confrontación con el original sea certificado por secretario. Asimismo de la incomparecencia de la parte actora, ciudadano LUIS MIGUEL YROBO HERNANDEZ, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO Y TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, de conformidad con lo establecido en el articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Dada, firmada y sellada en la sala de despacho de este Juzgado.
La Jueza Provisoria,
Abg. María Carmona Ainaga
Apoderado Judicial de la demandada
El Secretario
Abg. José Guarapana.
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