Tribunal de Violencia contra la Mujer en Función de Control, Audiencia y Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui- Barcelona
Barcelona, 2 de Mayo de 2013
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2013-000974
ASUNTO : BP01-S-2013-000974



Visto el escrito presentado por la DR. CARLA DUARTE, en mi condición de Fiscal 24º (A) del Ministerio Público, coloco a la disposición de este Despacho al ciudadano MIGUEL ANGEL GONZALEZ, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en los artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana CLAUDIA STEFANY BARRIOS ICHURE, por lo que muy respetuosamente solicito le sea acordada MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 242 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, invocado por remisión expresa del articulo 64º de la Ley Especial que rige la materia. Solicito Le sea impuesta medida cautelar de las previstas en el articulo 92 numerales 7 y 8 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Asimismo solicito a favor de la victima, MEDIDAS DE PROTECCION Y SEGURIDAD, de conformidad con lo establecido en el artículo 87, numerales 1, 5 y 6 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia. Solicito sea fijada la audiencia oral de prueba anticipada a los fines de aclarar los hechos que nos ocupan. Asimismo solicito se acuerde el Procedimiento Especial, y se califique la aprehensión como flagrante de conformidad con lo previsto en el artículos 93, 94 y 95 Ejusdem. Es todo. Debidamente asistido por su Defensora Pública: DRA. DRA. SOFIA RINCON, quien presto el juramento de Ley.
PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el articulo 93 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, se decreta la aprehensión del ciudadano MIGUEL ANGEL GONZALEZ, como flagrante y se establece que el procedimiento a seguir sea el único y especial contenido en los articulo 94 y siguientes de la ley que rige la materia,
SEGUNDO: Oídas las partes y analizadas como han sido las actuaciones presentadas por la Fiscalía 24º (A) del Ministerio Público, en virtud de: Cursa al Folio N° 02 OFICIO Nº 049 de fecha 02/05/2013, mediante el cual el órgano policial quien practico la detención del referido, pone a disposición del la fiscalía de Guardia competente, el detenido y las actas procesales. Cursa al Folio N° 03 y 04 ACTA POLICIAL, de fecha 01/05/2013, mediante la cual se deja constancia de las circunstancias de modo, lugar y tiempo de los hechos que motivaron la detención del referido ciudadano. Cursa al Folio N° 05 DERECHOS LEIDOS AL IMPUTADO de Fecha 01/05/2013. Cursa al folio N° 06 y Vto. ACTA DE DENUNCIA, de fecha 01/05/2013, suscrita por el Oficial MAGDA ZAMBRANO, adscrito al Centro de de Coordinación Policial Píritu, interpuesta por la ciudadana CLAUDIA STEFANY BARRIOS ICHURE, quien manifestó: “ el día de hoy a eso de las 11:00 A.M., me encontraba en casa de mi mama en la avenida principal de boca de Uchire, cuando ese Ciudadano que es mi ex pareja fue a buscar a mi hija de nombre KAMILA VALENTINA GONZALEZ, de 05 años de edad, como el estaba de cumpleaños se la quería llevar a pasar el día con el, yo se la había entregado y así darme cuanta que se la iba a llevar en una moto, y mi hija esta cumpliendo un tratamiento, ya que ella es asmática, y el se la iba a llevar para la vía de Sabana Uchire, y el comenzó a burlarse de mi madre, el se me lanzo encima y me agredió físicamente en los brazos y el pecho … Cursa al folio Nº 07 OFICIO DE REMISION A LA MEDICATURA FORENSE, a los fines de solicitarle el resultado del examen físico a la Ciudadana CLAUDIA STEFANY BARRIOS. Cursa al Folio N° 08 CONSTANCIA MEDICA, de fecha 01/05/2013, mediante el cual se deja constancia de las lesiones que presento la ciudadana a CLAUDIA STEFANY BARRIOS, cedula de identidad Nº 20.996.883. Cursa al Folio N° 09 ORDEN DE INICIO DE INESTIGACION PENAL, de fecha 02/05/2013. Este Tribunal en la búsqueda de la verdad y vista solicitud hecha por la Defensora Pública, ACUERDA: decretar LIBERTAD SIN RESTRICCIONES y la aplicación de la Medidas Cautelares contenidas en el articulo 92 numeral 7, consistente en: 7) se ordena la remisión del imputado al Equipo Interdisciplinario a los fines de que se evaluado y se le preste orientación debida.
TERCERO: Asimismo se acuerda aplicar a favor de la victima, las MEDIDAS DE PROTECCION Y SEGURIDAD de conformidad con lo establecido en el articulo 87 de la Ley Especial en sus numerales: 1) Remisión de la victima al Equipo Interdisciplinario a los fines de que sea evaluada y se le brinde orientación requerida, y se levante Informe Integral. 5º) Se prohíbe al presunto agresor el acercamiento a la mujer agredida, en consecuencia, imponer al presunto agresor la prohibición de acercarse al lugar de trabajo, de estudio o residencia de la mujer agredida; 6º) La prohibición al presunto agresor de ejercer por si o por terceras personas actos de persecución, intimidación o acoso a la mujer agredida a algún integrante de su familia.
CUARTO: Se acuerda expedir un juego de copia simple de la presente acta a las partes.
QUINTO: Líbrese oficio al Centro de Coordinación Policial Píritu Estación Policial Boca de Uchire, informando que el ciudadano MIGUEL ANGEL GONZALEZ, quedaran en libertad desde la sede de este Tribunal. Se deja constancia que la audiencia concluyó siendo las 05:05 de la tarde. Termino se leyó y conformes firman.
EL JUEZ DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS Nº 01, EL JUEZ DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS Nº 01,

DR. FABRICIO LOPEZ

LA SECRETARIA,

ABG. MILADI HERNANDEZ