REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui extensión El Tigre
El Tigre, diecisiete de mayo de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-J-2013-000176
ASUNTO: BP12-J-2013-000176
SENTENCIA DEFINITIVA
MOTIVO: JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS
SOLICITANTE (s): BERTHA LILIBETH SUCRE RAMOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-10.0563.425.
ABOGADO(a) ASISTENTE: Defensora Pública Suplente Primera de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Abg. YEMDY ALCALÁ.
NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES: ….
Vista la solicitud de Justificativo de Carga Familiar, presentada por el ciudadano: DIOGENES RAFAEL GUEVARA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-4.880.856 (Abuelo) actuando en nombre de los niños: FABIANGELA ELISETH, ELIEZER ALEJANDRO Y DIOGENES ELIEZER MENDOZA GUEVARA, asistido en este acto por la Abogada en ejercicio DAMELIS COROMOTO SALAZAR VELASQUEZ, mediante la cual ocurre ante esta competente autoridad para solicitar la Carga Familiar; Anunciado dicho acto a las puertas del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por el alguacil JUAN CARLOS MORILLO habiéndose constatado la presencia del solicitante, la madre de los niños y los testigos aportados por la solicitante. Se constituyen en el Despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, sede El Tigre, esta Juzgadora junto a las partes intervinientes en el presente asunto. Concluida la evacuación de las pruebas, y la revisión de las documentales, esta Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sede El Tigre en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar Con Lugar la presente solicitud DIOGENES RAFAEL GUEVARA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-4.880.856 (Abuelo) actuando en nombre de los niños: …., asistido en este acto por la Abogada en ejercicio DAMELIS COROMOTO SALAZAR VELASQUEZ, mediante la cual ocurre ante esta competente autoridad para solicitar la Carga Familiar a tenor de lo consagrado en el artículo 517 la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.-
Entréguese originales de las presentes actuaciones a las partes interesadas, y dos copias certificadas como requieran, dejándose copia certificada de la misma en el archivo de este Tribunal. Cúmplase.
Publíquese, regístrese, déjese, copia certificada en el Tribunal como lo ordena el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Tribunal Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede El Tigre, a los diecisiete (17) días del mes de Mayo del año dos mil trece (2013). Años 202º de la Independencia y 152º de la Federación
LA JUEZA,
ABG. SULEIMA PEREZ GARCIA.
LA SECREATRIA ACC.
ABG. DAYARIT GUERRA
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