REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui extensión El Tigre
El Tigre, veintisiete de mayo de dos mil trece
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-V-2013-000086
ASUNTO: BP12-V-2013-000086
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
ASUNTO: DIVORCIO CONTENCIOSO

Visto la audiencia de mediación realizada en fecha 23-05-2013, con presencia de los ciudadanos por la ciudadana MARIA CAROLINA GONZALEZ BOLIVAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10065.614, de este domicilio y el ciudadano JUAN CARLOS GARCIA BELLORIN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.970.391, en donde manifiestan su desistimiento, en relación a la presente solicitud de DIVORCIO CONTENCIOSO, admitida en fecha 09 de Abril de 2013, por este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui sede El Tigre, y visto que la parte actora antes mencionada, declara que DESISTE, tanto del procedimiento como de la acción de la presente demanda.

El Tribunal para decidir observa:

Constatando el consentimiento de las partes que formulan el DESISTIMIENTO, tienen legitimación procesal y no existiendo prohibición legal sobre esta materia, ello es suficiente para este Tribunal darle su aprobación.
Por las razones expuestas, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ordena la HOMOLOGACIÓN DEL DESISTIMIENTO formulado por los solicitantes y procédase como sentencia pasada con autoridad de Cosa Juzgada conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil Venezolano. Asimismo, se acuerda la devolución de los documentos originales previa certificación de secretaria.
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada.
Dada, Firmada y Sellada en la sala del despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui extensión Tigre, a los veintisiete (27) días del mes de Mayo de Dos Mil Trece (2013)
La Jueza


Abg. Suleima Margarita Pérez García
La Secretaria

Abg. Dayarit Guerra Romero.