REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui extensión El Tigre
El Tigre, ocho de mayo de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-J-2013-000584
ASUNTO: BP12-J-2013-000584
SENTENCIA DEFINITIVA
MOTIVO: SOLICITUD DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SOLICITANTE MELHM EL SOUKI JURDI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.068.184.
AODERADA JUDICIAL: ENDRYNA ELIZABETH VELASQUEZ SALAZAR, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 103.888.
HIJOS, NIÑOS o ADOLESCENTES: ….
Vista la solicitud de Jurisdicción Voluntaria de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, por presentada por el ciudadano: MELHM EL SOUKI JURDI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.068.184, de éste domicilio, actuando en nombre propio y en representación de sus menores hijos: …., debidamente representado por su apoderada judicial en este acto por la Abogada en ejercicio ENDRYNA ELIZABETH VELASQUEZ SALAZAR, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 103.888 en el cual solicita que se le declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la difunta, ciudadana: SUSANA NASER DE EL SOUKI (fallecida), el día 24 de noviembre del 2009, quien era venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V.- 7.978.076. Anunciado dicho acto a las puertas del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por el alguacil JUAN CARLOS MORILLO, habiéndose constatado la presencia de la apoderada judicial en este acto por la Abogada en ejercicio ENDRYNA ELIZABETH VELASQUEZ SALAZAR, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 103.888, antes identificada, así como también se deja constancia de la comparecencia de los testigos propuestos por el solicitante, Se constituyen en el Despacho del Tribunal segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, sede El Tigre, esta Juzgadora junto a las partes intervinientes en el presente asunto. Concluida la evacuación de las pruebas testimoniales, y la revisión de las documentales, esta Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, sede El Tigre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Se Declara con Lugar la Solicitud planteada por el ciudadano: MELHM EL SOUKI JURDI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.068.184, de éste domicilio, actuando actuando en nombre propio y en representación de sus menores hijos: …., debidamente representado por su apoderada judicial en este acto por la Abogada en ejercicio ENDRYNA ELIZABETH VELASQUEZ SALAZAR, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 103.888 en el cual solicita que se le declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la difunta, ciudadana: SUSANA NASER DE EL SOUKI (fallecida), el día 24 de noviembre del 2009, quien era venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V.- 7.978.076. SEGUNDO: Se declara como Únicos y Universales Herederos a MELHM EL SOUKI JURDI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.068.184, de éste domicilio, y a sus menores hijos: …. Dejándose a salvo derechos de terceras personas, a tenor de lo consagrado en el artículo 517 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Y así se decide. Entréguese originales de las presentes actuaciones a las partes interesadas, y cuantas copias certificadas como requieran, dejándose copia certificada de la misma en el archivo de este Tribunal. Es todo, ASÌ SE DECIDE.-
Publíquese, regístrese, déjese, copia certificada en el Tribunal como lo ordena el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Tribunal Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede El Tigre. El Tigre, a los ocho días (08) días del mes de Mayo del año dos mil trece (2013). Años 202º de la Independencia y 153º de la Federación
LA JUEZA
ABOG. SULEIMA PEREZ GARCIA
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
ABG. DAYARIT GUERRA.
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