REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
El Tigre, 28 de mayo de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO: BP12-L-2013-000073
PARTE ACTORA: ORANGEL JOSÉ CASTAÑEDA, RICARDO JOSE MARTINEZ, FRANCISCO HERMOGENES HENRIQUEZ JOSÉ RAMÓN RODRIGUEZ, ARTURO AZOCAR, FRANKLIM JOSÉ MALAVE , FELIPE DAVID HERNADEZ BARROYETA, JOHN EDWIN RUIZ RIVERA Y FREDDY ALBERTO LÓPEZ., venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros 3.735.278, 14.081.541, 4.004.210,9.424.170, 16.666.777, 14.308.919, 9.812.492,10.997.763, 8.497.234,14.386.095 y 21.248.737., respectivamente.-
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: DAMELIS SALAZAR, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 61.019.-
PARTE DEMANDADA: SERVICIOS Y PROYECTOS TECNOLOGICOS, C.A. SIN DATOS REGISTRALES EN AUTOS.
DOMICILIO PROCESAL DE LA PARTE ACTORA: Domiciliados en Anaco, Municipio Anaco del Estado Anzoátegui.
DOMICILIO DE LA DEMANDADA: Calle 6 locales 54 y 56 URBANIZACIÓN CHUPARIN, al lado de la Policía, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES
DEFINITIVA POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS
Acuden por ante el Circuito Laboral de El Tigre del Estado Anzoátegui, los ciudadanos: ORANGEL JOSÉ CASTAÑEDA, RICARDO JOSE MARTINEZ, FRANCISCO HERMOGENES HENRIQUEZ JOSÉ RAMÓN RODRIGUEZ, ARTURO AZOCAR, FRANKLIM JOSÉ MALAVE , FELIPE DAVID HERNADEZ BARROYETA, JOHN EDWIN RUIZ RIVERA Y FREDDY ALBERTO LÓPEZ., venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros 3.735.278, 14.081.541, 4.004.210,9.424.170, 16.666.777, 14.308.919, 9.812.492,10.997.763, 8.497.234, 14.386.095 y 21.248.737., respectivamente.-, representados por la abogada: DAMELIS SALAZAR, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 61.019; los cuales intentan formal demanda por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales, en contra de la sociedad mercantil, SERVICIOS Y PROYECTOS TECNOLOGICOS, C.A.
El 9 de febrero de 2012, es recibida la demanda por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, proveniente de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD); y siendo que el 15 de febrero de 2012; cuando se admitió la demanda, de conformidad con el artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; ordenándose la notificación del demandado para la instalación de la audiencia preliminar. En fecha 2 de marzo de 2013, la Alguacil del Circuito Laboral de El Tigre, procede a dejar constancia de del envió del oficio Nro. 2012-0192 de fecha 15-02-2012, dirigido al JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION ,MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI CON SEDE EN BARCELONA, Y EN EL MISMO CONSIGNA RESULTA DE LA ACTUACION ORDENADA, a los fines de la notificación efectiva de La demandada, el día 06 de marzo del 2012, se recibe por ante la la oficina de la URDD de Barcelona , oficio 2012-0192, de fecha 15-02-12 , emanado del tribunal SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL EL TIGRE ESTADO ANZOATEGUI. Por distribución en fecha 08 de marzo 2012 EL TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, BARCELONA, recibe exhorto de fecha 06 de marzo de 2012, a los fines de practicar la notificación a la demandada anteriormente identificada. En fecha 31 de mayo de 2012 JAVIER AGUACHE en su carácter de Alguacil del mencionado Tribunal del trabajo con sede en Barcelona, deja constancia de no haber podido practicar la notificación a la Empresa demandada. En fecha el Tribunal DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI BARCELONA, una vez cumplido con el exhorto remite las actuaciones al Tribunal comitente. En fecha 21 de junio de 2012 se recibió por ante la URDD de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui el Tigre oficio Nº 2012-766 de las resultas. En virtud de las practicas y resultas negativas de exhortos conferidos al JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE BARCELONA ESTADO ANZOATEGUI, El Juzgado Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución de el Tigre Estado Anzoátegui, vista la solicitud de la apoderada de los demandantes acuerda notificar al Servicio Nacional Integrado de administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), El Tigre a los fines de que informe el domicilio fiscal de la Empresa demandada. El 09 de agosto de 2012, el mencionado Organismo informa al Juzgado sexto de Sustanciación, Mediación y ejecución del el Tigre Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui , sobre el domicilio fiscal de la empresa demandada, recibido por ante la URDD DEL CIRCUITO LABORAL DE EL TIGREEN FECHA 13 DE AGOSTO DE 2012.El 14 de febrero de2013, el Juzgado Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la circunscripción Judicial de el Tigre Estado Anzoátegui, visto lo solicitado por la apoderada de la parte actora , acuerda librar exhorto al JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO, DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, CON SEDE EN BARCELONA, a los fines de la practica de la referida notificación a su vez acuerda correo especial a la apoderada de los demandantes, en fecha 12 de marzo de 2013, el Alguacil de el Circuito laboral de el Tigre, deja constancia del envió del oficio de fecha 05 de marzo de 2013.en fecha 14 de febrero de 2013, el juzgado sexto de Primera instancia de sustanciación, mediación y ejecución libra oficio de exhorto al juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, MEDIACIÓN Y ejecución de esta Circunscripción Judicial con sede en Barcelona, a los fines que se practique notificación a la Empresa demandada. Acto seguido, la Secretaria DEL Juzgado Sexto certifica; en fecha 6 de mayo de 2013, según actuación que corre al folio ochenta y nueve (89) de la primera pieza del presente asunto, de conformidad con el artículo 126 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Llegada la oportunidad para la instalación de la audiencia preliminar, le correspondió por distribución interna de la doble vuelta llevada por el Circuito Laboral, el conocimiento de la presente causa a éste Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Estando en la oportunidad procesal correspondiente, se procede a dictar sentencia definitiva en este proceso, en los siguientes términos:
Con motivo de la incomparecencia de la demandada, de conformidad con el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se tienen por admitidos los siguientes hechos alegados en el libelo:
.- Que los ciudadanos antes identificados,; comenzaron, para prestar servicio a favor de la empresa TRANSPORTE, SERVICIOS Y PROYECTOS TECNOLOGICOS, C.A.. En fecha 19 de febrero del 2008 y culminaron el 20 de marzo del 2009. desempeñándose todos como OBRERO PETROLEROS, en un horario de 7 am a 4 pm, de lunes a viernes y en muchas ocasiones trabajaban los sábados y domingos sin descanso laboral, EN LA OBRA DENOMINADA “ ADECUACION DEL SISTEMA DE RECOLECCION DEL CAMPO SAN JOAQUIN PAQUETE” “A”, EN EL DISTRITO OPERACIONAL DE ANACO DEL ESTADO ANZOATEGUI, OBRA REALIZADA POR “ SERVICIOS Y PROYECTOS TECNOLOGICOS, C.A. para PDVSA GAS, S.A ANACO, CONSISTIENDO SUS LABORES COMO OBREROS PETROLEROS, EN REALIZAR DESMALEZAMIENTO, MANTENIMIENTO Y MOVIMIENTO DE TIERRA PARA LA EMPRESA PDVSA GAS, S,A, ASIMISMO REALIZAR TRABAJO DE MANTENIMIENTO A TUBERIAS PETROLERAS, COM PINTURA, ESMERILADO Y OTRAS ACTIVIDADES PROPIAS DE LA INDUSTRIA PETROLERA. FINALIZANDO SUS RELACIONES LABORALES POR DESPIDOS INJUSTIFICADOS EN LA FECHA : 20 DE MARZO DEL 2009. Teniendo un tiempo de servicio de 1 año, un mes, un (1) día. Devengando todos los trabajadores cada uno, un salario básico diario según tabulador petrolero como; OBREROS PETROLEROS DE BS. 44,23. Su RELACIÓN COMENZO Y TERMINO EN LA PARROQUIA DE SAN JOAQUIN DE LA CIUDAD DE ANACO DEL ESTADO Anzoátegui, siendo SUS CONTRATOS DE TRABAJO A TIEMPO INDETERMINADO. La empresa patronal, es una contratista de PDVSA GAS., S.A,
.- Que la labor ejecutada esta bajo el amparo de la convención colectiva Petrolera 2007-2009; que le adeudan de sus prestaciones sociales y, consideran que las mismas se ajustan a lo dispuesto en la convención colectiva Petrolera vigente 2007-2009.
En consecuencia, por una relación de trabajo cuya duración fue de: UN (1) AÑO, UN(1) MES.
1.- ORANGEL CASTAÑEDA
C.I.: V-3.735.278
Ingreso: 19/02/2008
Egreso: 20/03/2009
Cargo: OBRERO PETROLERO
Tiempo de servicio: Un (1) año y un (1) mes
Salario básico diario: Bs. F. 44.23
Salario normal diario: Bs. F. 57,83
Salario integral: Bs. F. 86,43
01. Indemnización del 125 LOT: 30 días x 86,43= Bs.F. 2.593,00
15 días x 86,43= Bs.F. 1.296,45
Total 125 LOT: = 45 días x 86,43= Bs.F. 3.889,45
02. Antigüedad Legal, Adicional y Contractual, y Fraccionada Cláusula 9 CCP 2007-2009: 65 días x 86,43= Bs.F. 5.61795
03. Utilidades 2008: 23.482,90 x 33,33%= Bs.F. 7.826,90
04. Vacaciones Vencidas 2008-2009 y Fraccionadas Cláusula 8 lit A CCP: 36,84 días x 57,83= Bs.F. 2.130,45
05. Ayuda de Vacaciones Vencidas 2008-2009. 55 días x 44,23= Bs.F. 2.432,65
06. Impacto bono vacacional: 60 días x 6,8= Bs.F. 408,00
07. Impacto utilidad: 60 días x 21,8= Bs.F. 1.308,00
Total de Prestaciones: Bs.F. 19.723,95
2- RICARDO MARTINEZ
C.I.: V-14.081.541
Ingreso: 19/02/2008
Egreso: 20/03/2009
Cargo: OBRERO PETROLERO
Tiempo de servicio: Un (1) año y un (1) mes
Salario básico diario: Bs. F. 44.23
Salario normal diario: Bs. F. 57,83
Salario integral: Bs. F. 86,43
01. Indemnización del 125 LOT: 30 días x 86,43= Bs.F. 2.593,00
15 días x 86,43= Bs.F. 1.296,45
Total 125 LOT: = 45 días x 86,43= Bs.F. 3.889,45
02. Antigüedad Legal, Adicional y Contractual, y Fraccionada Cláusula 9 CCP 2007-2009: 65 días x 86,43= Bs.F. 5.61795
03. Utilidades 2008: 23.482,90 x 33,33%= Bs.F. 7.826,90
04. Vacaciones Vencidas 2008-2009 y Fraccionadas Cláusula 8 lit A CCP: 36,84 días x 57,83= Bs.F. 2.130,45
05. Ayuda de Vacaciones Vencidas 2008-2009. 55 días x 44,23= Bs.F. 2.432,65
06. Impacto bono vacacional: 60 días x 6,8= Bs.F. 408,00
07. Impacto utilidad: 60 días x 21,8= Bs.F. 1.308,00
Total de Prestaciones: Bs.F. 19.723,95
3- FRANCISCO HENRIQUEZ
C.I.: V-4.004.210
Ingreso: 19/02/2008
Egreso: 20/03/2009
Cargo: OBRERO PETROLERO
Tiempo de servicio: Un (1) año y un (1) mes
Salario básico diario: Bs. F. 44.23
Salario normal diario: Bs. F. 57,83
Salario integral: Bs. F. 86,43
01. Indemnización del 125 LOT: 30 días x 86,43= Bs.F. 2.593,00
15 días x 86,43= Bs.F. 1.296,45
Total 125 LOT: = 45 días x 86,43= Bs.F. 3.889,45
02. Antigüedad Legal, Adicional y Contractual, y Fraccionada Cláusula 9 CCP 2007-2009: 65 días x 86,43= Bs.F. 5.61795
03. Utilidades 2008: 23.482,90 x 33,33%= Bs.F. 7.826,90
04. Vacaciones Vencidas 2008-2009 y Fraccionadas Cláusula 8 lit A CCP: 36,84 días x 57,83= Bs.F. 2.130,45
05. Ayuda de Vacaciones Vencidas 2008-2009. 55 días x 44,23= Bs.F. 2.432,65
06. Impacto bono vacacional: 60 días x 6,8= Bs.F. 408,00
07. Impacto utilidad: 60 días x 21,8= Bs.F. 1.308,00
Total de Prestaciones: Bs.F. 19.723,95
4.- JOSE R. RODRIGUEZ
C.I.: V-9.424.170
Ingreso: 19/02/2008
Egreso: 20/03/2009
Cargo: OBRERO PETROLERO
Tiempo de servicio: Un (1) año y un (1) mes
Salario básico diario: Bs. F. 44.23
Salario normal diario: Bs. F. 57,83
Salario integral: Bs. F. 86,43
01. Indemnización del 125 LOT: 30 días x 86,43= Bs.F. 2.593,00
15 días x 86,43= Bs.F. 1.296,45
Total 125 LOT: = 45 días x 86,43= Bs.F. 3.889,45
02. Antigüedad Legal, Adicional y Contractual, y Fraccionada Cláusula 9 CCP 2007-2009: 65 días x 86,43= Bs.F. 5.61795
03. Utilidades 2008: 23.482,90 x 33,33%= Bs.F. 7.826,90
04. Vacaciones Vencidas 2008-2009 y Fraccionadas Cláusula 8 lit A CCP: 36,84 días x 57,83= Bs.F. 2.130,45
05. Ayuda de Vacaciones Vencidas 2008-2009. 55 días x 44,23= Bs.F. 2.432,65
06. Impacto bono vacacional: 60 días x 6,8= Bs.F. 408,00
07. Impacto utilidad: 60 días x 21,8= Bs.F. 1.308,00
Total de Prestaciones: Bs.F. 19.723,95
5.- ONEL RAFAEL CALDERA
C.I.: V-16.666.777
Ingreso: 19/02/2008
Egreso: 20/03/2009
Cargo: OBRERO PETROLERO
Tiempo de servicio: Un (1) año y un (1) mes
Salario básico diario: Bs. F. 44.23
Salario normal diario: Bs. F. 57,83
Salario integral: Bs. F. 86,43
01. Indemnización del 125 LOT: 30 días x 86,43= Bs.F. 2.593,00
15 días x 86,43= Bs.F. 1.296,45
Total 125 LOT: = 45 días x 86,43= Bs.F. 3.889,45
02. Antigüedad Legal, Adicional y Contractual, y Fraccionada Cláusula 9 CCP 2007-2009: 65 días x 86,43= Bs.F. 5.61795
03. Utilidades 2008: 23.482,90 x 33,33%= Bs.F. 7.826,90
04. Vacaciones Vencidas 2008-2009 y Fraccionadas Cláusula 8 lit A CCP: 36,84 días x 57,83= Bs.F. 2.130,45
05. Ayuda de Vacaciones Vencidas 2008-2009. 55 días x 44,23= Bs.F. 2.432,65
06. Impacto bono vacacional: 60 días x 6,8= Bs.F. 408,00
07. Impacto utilidad: 60 días x 21,8= Bs.F. 1.308,00
Total de Prestaciones: Bs.F. 19.723,95
6.- JUAN CARLOS RODRIGUEZ
C.I.: V-14.308.919
Ingreso: 19/02/2008
Egreso: 20/03/2009
Cargo: OBRERO PETROLERO
Tiempo de servicio: Un (1) año y un (1) mes
Salario básico diario: Bs. F. 44.23
Salario normal diario: Bs. F. 57,83
Salario integral: Bs. F. 86,43
01. Indemnización del 125 LOT: 30 días x 86,43= Bs.F. 2.593,00
15 días x 86,43= Bs.F. 1.296,45
Total 125 LOT: = 45 días x 86,43= Bs.F. 3.889,45
02. Antigüedad Legal, Adicional y Contractual, y Fraccionada Cláusula 9 CCP 2007-2009: 65 días x 86,43= Bs.F. 5.61795
03. Utilidades 2008: 23.482,90 x 33,33%= Bs.F. 7.826,90
04. Vacaciones Vencidas 2008-2009 y Fraccionadas Cláusula 8 lit A CCP: 36,84 días x 57,83= Bs.F. 2.130,45
05. Ayuda de Vacaciones Vencidas 2008-2009. 55 días x 44,23= Bs.F. 2.432,65
06. Impacto bono vacacional: 60 días x 6,8= Bs.F. 408,00
07. Impacto utilidad: 60 días x 21,8= Bs.F. 1.308,00
Total de Prestaciones: Bs.F. 19.723,95
7- ARTURO AZOCAR
C.I.: V-9.812.492
Ingreso: 19/02/2008
Egreso: 20/03/2009
Cargo: OBRERO PETROLERO
Tiempo de servicio: Un (1) año y un (1) mes
Salario básico diario: Bs. F. 44.23
Salario normal diario: Bs. F. 57,83
Salario integral: Bs. F. 86,43
01. Indemnización del 125 LOT: 30 días x 86,43= Bs.F. 2.593,00
15 días x 86,43= Bs.F. 1.296,45
Total 125 LOT: = 45 días x 86,43= Bs.F. 3.889,45
02. Antigüedad Legal, Adicional y Contractual, y Fraccionada Cláusula 9 CCP 2007-2009: 65 días x 86,43= Bs.F. 5.61795
03. Utilidades 2008: 23.482,90 x 33,33%= Bs.F. 7.826,90
04. Vacaciones Vencidas 2008-2009 y Fraccionadas Cláusula 8 lit A CCP: 36,84 días x 57,83= Bs.F. 2.130,45
05. Ayuda de Vacaciones Vencidas 2008-2009. 55 días x 44,23= Bs.F. 2.432,65
06. Impacto bono vacacional: 60 días x 6,8= Bs.F. 408,00
07. Impacto utilidad: 60 días x 21,8= Bs.F. 1.308,00
Total de Prestaciones: Bs.F. 19.723,95
8.- FRANKLIN MALAVE
C.I.: V-10.997.763
Ingreso: 19/02/2008
Egreso: 20/03/2009
Cargo: OBRERO PETROLERO
Tiempo de servicio: Un (1) año y un (1) mes
Salario básico diario: Bs. F. 44.23
Salario normal diario: Bs. F. 57,83
Salario integral: Bs. F. 86,43
01. Indemnización del 125 LOT: 30 días x 86,43= Bs.F. 2.593,00
15 días x 86,43= Bs.F. 1.296,45
Total 125 LOT: = 45 días x 86,43= Bs.F. 3.889,45
02. Antigüedad Legal, Adicional y Contractual, y Fraccionada Cláusula 9 CCP 2007-2009: 65 días x 86,43= Bs.F. 5.61795
03. Utilidades 2008: 23.482,90 x 33,33%= Bs.F. 7.826,90
04. Vacaciones Vencidas 2008-2009 y Fraccionadas Cláusula 8 lit A CCP: 36,84 días x 57,83= Bs.F. 2.130,45
05. Ayuda de Vacaciones Vencidas 2008-2009. 55 días x 44,23= Bs.F. 2.432,65
06. Impacto bono vacacional: 60 días x 6,8= Bs.F. 408,00
07. Impacto utilidad: 60 días x 21,8= Bs.F. 1.308,00
Total de Prestaciones: Bs.F. 19.723,95
9.- FELIPE HERNANDEZ
C.I.: V-8.497.234
Ingreso: 19/02/2008
Egreso: 20/03/2009
Cargo: OBRERO PETROLERO
Tiempo de servicio: Un (1) año y un (1) mes
Salario básico diario: Bs. F. 44.23
Salario normal diario: Bs. F. 57,83
Salario integral: Bs. F. 86,43
01. Indemnización del 125 LOT: 30 días x 86,43= Bs.F. 2.593,00
15 días x 86,43= Bs.F. 1.296,45
Total 125 LOT: = 45 días x 86,43= Bs.F. 3.889,45
02. Antigüedad Legal, Adicional y Contractual, y Fraccionada Cláusula 9 CCP 2007-2009: 65 días x 86,43= Bs.F. 5.61795
03. Utilidades 2008: 23.482,90 x 33,33%= Bs.F. 7.826,90
04. Vacaciones Vencidas 2008-2009 y Fraccionadas Cláusula 8 lit A CCP: 36,84 días x 57,83= Bs.F. 2.130,45
05. Ayuda de Vacaciones Vencidas 2008-2009. 55 días x 44,23= Bs.F. 2.432,65
06. Impacto bono vacacional: 60 días x 6,8= Bs.F. 408,00
07. Impacto utilidad: 60 días x 21,8= Bs.F. 1.308,00
Total de Prestaciones: Bs.F. 19.723,95
10.- JHON RUIZ RIVERA
C.I.: V-14.386.095
Ingreso: 19/02/2008
Egreso: 20/03/2009
Cargo: OBRERO PETROLERO
Tiempo de servicio: Un (1) año y un (1) mes
Salario básico diario: Bs. F. 44.23
Salario normal diario: Bs. F. 57,83
Salario integral: Bs. F. 86,43
01. Indemnización del 125 LOT: 30 días x 86,43= Bs.F. 2.593,00
15 días x 86,43= Bs.F. 1.296,45
Total 125 LOT: = 45 días x 86,43= Bs.F. 3.889,45
02. Antigüedad Legal, Adicional y Contractual, y Fraccionada Cláusula 9 CCP 2007-2009: 65 días x 86,43= Bs.F. 5.61795
03. Utilidades 2008: 23.482,90 x 33,33%= Bs.F. 7.826,90
04. Vacaciones Vencidas 2008-2009 y Fraccionadas Cláusula 8 lit A CCP: 36,84 días x 57,83= Bs.F. 2.130,45
05. Ayuda de Vacaciones Vencidas 2008-2009. 55 días x 44,23= Bs.F. 2.432,65
06. Impacto bono vacacional: 60 días x 6,8= Bs.F. 408,00
07. Impacto utilidad: 60 días x 21,8= Bs.F. 1.308,00
Total de Prestaciones: Bs.F. 19.723,95
11.- FREDDY LOPEZ
C.I.: V-21.248.737
Ingreso: 19/02/2008
Egreso: 20/03/2009
Cargo: OBRERO PETROLERO
Tiempo de servicio: Un (1) año y un (1) mes
Salario básico diario: Bs. F. 44.23
Salario normal diario: Bs. F. 57,83
Salario integral: Bs. F. 86,43
01. Indemnización del 125 LOT: 30 días x 86,43= Bs.F. 2.593,00
15 días x 86,43= Bs.F. 1.296,45
Total 125 LOT: = 45 días x 86,43= Bs.F. 3.889,45
02. Antigüedad legal, Adicional y Contractual, y Fraccionada Cláusula 9 CCP 2007-2009: 65 días x 86,43= Bs.F. 5.61795
03. Utilidades 2008: 23.482,90 x 33,33%= Bs.F. 7.826,90
04. Vacaciones Vencidas 2008-2009 y Fraccionadas Cláusula 8 lit A CCP: 36,84 días x 57,83= Bs.F. 2.130,45
05. Ayuda de Vacaciones Vencidas 2008-2009. 55 días x 44,23= Bs.F. 2.432,65
06. Impacto bono vacacional: 60 días x 6,8= Bs.F. 408,00
07. Impacto utilidad: 60 días x 21,8= Bs.F. 1.308,00
Total de Prestaciones: Bs.F. 19.723,95
MONTO TOTAL DE LA DEMANDA: Bs.f. 216.963,45
El actor promueve en la audiencia preliminar las siguientes probanzas:

- - Marcado con la letra “A” recibo de pago de utilidades, de fecha 12 de mayo de 2008, hasta 5 de enero de 2009. a nombre del ciudadano ORANGEL CASTAÑEDA marcados con letras “B” Y “C ”, ordenes de servicio del SISDEM, a nombre también de ORANGEL CASTAÑEDA los cuales los cuales rielan a los folios 10 al 12, no se encuentran suscritos por el demandante y tienen identificación de la empresa demandada. Dichos instrumentos, NO se les otorga pleno valor probatorio. Así se decide.
Establecidos los hechos que se tienen por admitidos, es necesario analizar si los conceptos reclamados por el demandante, se corresponden con los hechos alegados y si el reclamo se ajusta a lo establecido por la ley, es decir, si a pesar de la admisión de los hechos, resulta ser procedente el derecho reclamado.

A razón de los hechos establecidos, es necesario analizar si los conceptos reclamados por el demandante, se corresponden con los hechos alegados y si el reclamo se ajusta a lo establecido por la ley, es decir, si a pesar de la admisión de los hechos, resulta ser procedente el derecho reclamado.


Una vez precisado la admisión de los hechos, ha quedado demostrado que losl actores, prestaron servicios personales a la empresa, SERVICIOS Y PROYECTOS TECNOLÓGICOS, C.A, en los cargos de OBREROS PETROLEROS “A”; y analizado el libelo de demanda, donde los actores se permitieron discriminar los autos de manera semanal, en once (11) folios desde el f-7 al f-17; los pagos realizados por la empresa desde el inicio de la relación laboral hasta su finalización; con el objeto de reclamar las prestaciones sociales y conceptos salariales que le corresponden a los trabajadores. El tribunal procede a pronunciarse sobre la aplicación o no del contrato colectivo petrolero invocado por el demandante en el libelo.
En este sentido, se observa que los actores pretenden que se ajusten los pagos devengados mensualmente, conforme a lo establecido en la convención colectiva petrolera 2007-2009; y conforme a ello, prestaciones sociales y diferencias salariales, que son el objeto de la demanda, incluso con los ajustes respectivo, y la incidencia del mismo sobre los conceptos generados. Una vez revisados el libelo de la demanda, específicamente los detalles de pagos semanales durante el tiempo que duro la relación laboral; se evidencia en forma inequívoca que el demandante gozaba de los beneficios de la convención colectiva petrolera vigente a la fecha de terminación del contrato de trabajo. Así se decide
Por las razones expuestas, resultan procedentes los conceptos reclamados, así como el preaviso contractual, conforme a la convención colectiva petrolera, con excepción de la indemnización del 125 LOT, en virtud que los trabajadores plenamente identificados con anterioridad, están amparados por la Convención Colectiva Petrolera, de 2007-2009
Pues este tribunal sobre lo propio ordenará la realización de una experticia complementaria del fallo. Así se decide

En este sentido, de acuerdo a la convención colectiva 2007-2009, los salarios básicos del reclamantes , siendo que para el cargo de OBREROS PETROLEROS , el salario básico es de Bs.44,23; siendo éste el salario básico aducido por los actores que tomará en cuenta el tribunal para los efectos legales correspondientes.
En consecuencia, por la relación de trabajo descrita, la demandada TRANSPORTE, SERVICIOS Y PROYECTOS TECNOLOGICOS, C.A., debe pagarle al demandante, los siguientes conceptos:
1.- ORANGEL CASTAÑEDA
C.I.: V-3.735.278
Ingreso: 19/02/2008
Egreso: 20/03/2009
Cargo: OBRERO PETROLERO
Tiempo de servicio: Un (1) año y un (1) mes
Salario básico diario: Bs. F. 44.23
Salario normal diario: Bs. F. 57,83
Salario integral: Bs. F. 86,43

01. Preaviso contractual 30 días x 57.83= 1.734,90.
02. Antigüedad legal Adicional y Contractual, y Fraccionada Cláusula 9 CCP 2007-2009: 60 días x 86,43= Bs.F. 5.185.80
03. Utilidades 2008: 23.482,90 x 33,33%= Bs.F. 7.826,90.
04. Vacaciones Vencidas 2008-2009 y Fraccionadas Cláusula 8 lit A CCP: 36,84 días x 57,83= Bs.F. 2.130,45
05. Ayuda de Vacaciones Vencidas 2008-2009. 55 días x 44,23= Bs.F. 2.432,65.
Total de Prestaciones: Bs.F. 19.310,70.
2- RICARDO MARTINEZ
C.I.: V-14.081.541
Ingreso: 19/02/2008
Egreso: 20/03/2009
Cargo: OBRERO PETROLERO
Tiempo de servicio: Un (1) año y un (1) mes
Salario básico diario: Bs. F. 44.23
Salario normal diario: Bs. F. 57,83
Salario integral: Bs. F. 86,43



01. Preaviso contractual = 30 días x 57.83 = 1.734,90
02. Antigüedad Legal, Adicional y Contractual, y Fraccionada Cláusula 9 CCP 2007-2009: 60 días x 86,43= Bs.F. 5.185,80
03. Utilidades 2008: 23.482,90 x 33,33%= Bs.F. 7.826,90
04. Vacaciones Vencidas 2008-2009 y Fraccionadas Cláusula 8 lit A CCP: 36,84 días x 57,83= Bs.F. 2.130,45
05. Ayuda de Vacaciones Vencidas 2008-2009. 55 días x 44,23= Bs.F. 2.432,65
Total de Prestaciones: Bs.F.19.310,70
3- FRANCISCO HENRIQUEZ
C.I.: V-4.004.210
Ingreso: 19/02/2008
Egreso: 20/03/2009
Cargo: OBRERO PETROLERO
Tiempo de servicio: Un (1) año y un (1) mes
Salario básico diario: Bs. F. 44.23
Salario normal diario: Bs. F. 57,83
Salario integral: Bs. F. 86,43


01. Preaviso contractual = 30 días x 57,83 = 1.734.90.
02 Antigüedad Legal, Adicional y Contractual, y Fraccionada Cláusula 9 CCP 2007-2009: 60 días x 86,43= Bs.F. 5.185,80
03. Utilidades 2008: 23.482,90 x 33,33%= Bs.F. 7.826,90
04. Vacaciones Vencidas 2008-2009 y Fraccionadas Cláusula 8 lit A CCP: 36,84 días x 57,83= Bs.F. 2.130,45
05. Ayuda de Vacaciones Vencidas 2008-2009. 55 días x 44,23= Bs.F. 2.432,65
Total de Prestaciones: Bs.F. 19.310,70.
4.- JOSE R. RODRIGUEZ
C.I.: V-9.424.170
Ingreso: 19/02/2008
Egreso: 20/03/2009
Cargo: OBRERO PETROLERO
Tiempo de servicio: Un (1) año y un (1) mes
Salario básico diario: Bs. F. 44.23
Salario normal diario: Bs. F. 57,83
Salario integral: Bs. F. 86,43


01. Preaviso contractual = 30 días x 57,83 = 1.734.90.

02. Antigüedad Legal, Adicional y Contractual, y Fraccionada Cláusula 9 CCP 2007-2009: 60 días x 86,43= Bs.F. 5.185,80
03. Utilidades 2008: 23.482,90 x 33,33%= Bs.F. 7.826,90
04. Vacaciones Vencidas 2008-2009 y Fraccionadas Cláusula 8 lit A CCP: 36,84 días x 57,83= Bs.F. 2.130,45
05. Ayuda de Vacaciones Vencidas 2008-2009. 55 días x 44,23= Bs.F. 2.432,65
Total de Prestaciones: Bs.F. 19.310,70.
5.- ONEL RAFAEL CALDERA
C.I.: V-16.666.777
Ingreso: 19/02/2008
Egreso: 20/03/2009
Cargo: OBRERO PETROLERO
Tiempo de servicio: Un (1) año y un (1) mes
Salario básico diario: Bs. F. 44.23
Salario normal diario: Bs. F. 57,83
Salario integral: Bs. F. 86,43


01. Preaviso contractual 30 días x 57,83 = 1.734,90.
02.-Antigüedad Legal, Adicional y Contractual, y Fraccionada Cláusula 9 CCP 2007-2009: 60 días x 86,43= Bs.F. 5.185,80
03.Utilidades 2008: 23.482,90 x 33,33%= Bs.F. 7.826,90
04Vacaciones Vencidas 2008-2009 y Fraccionadas Cláusula 8 lit A CCP: 36,84 días x 57,83= Bs.F. 2.130,45
05. Ayuda de Vacaciones Vencidas 2008-2009. 55 días x 44,23= Bs.F. 2.432,65
Total de Prestaciones: Bs.F. 19.310,70.
6.- JUAN CARLOS RODRIGUEZ
C.I.: V-14.308.919
Ingreso: 19/02/2008
Egreso: 20/03/2009
Cargo: OBRERO PETROLERO
Tiempo de servicio: Un (1) año y un (1) mes
Salario básico diario: Bs. F. 44.23
Salario normal diario: Bs. F. 57,83
Salario integral: Bs. F. 86,43
01. Preaviso contractual 30 días x 57,83 = 1.734.90
02. Antigüedad Legal, Adicional y Contractual, y Fraccionada Cláusula 9 CCP 2007-2009: 60 días x 86,43= Bs.F. 5.185,80
03. Utilidades 2008: 23.482,90 x 33,33%= Bs.F. 7.826,90
04. Vacaciones Vencidas 2008-2009 y Fraccionadas Cláusula 8 lit A CCP: 36,84 días x 57,83= Bs.F. 2.130,45
05. Ayuda de Vacaciones Vencidas 2008-2009. 55 días x 44,23= Bs.F. 2.432,65
Total de Prestaciones: Bs.F. 19.310,70.
7- ARTURO AZOCAR
C.I.: V-9.812.492
Ingreso: 19/02/2008
Egreso: 20/03/2009
Cargo: OBRERO PETROLERO
Tiempo de servicio: Un (1) año y un (1) mes
Salario básico diario: Bs. F. 44.23
Salario normal diario: Bs. F. 57,83
Salario integral: Bs. F. 86,43

01. Preaviso contractual 30 dìas x 57,83 = 1.734.90
02. Antigüedad Legal, Adicional y Contractual, y Fraccionada Cláusula 9 CCP 2007-2009: 60 días x 86,43= Bs.F. 5.185.80.
03. Utilidades 2008: 23.482,90 x 33,33%= Bs.F. 7.826,90
04. Vacaciones Vencidas 2008-2009 y Fraccionadas Cláusula 8 lit A CCP: 36,84 días x 57,83= Bs.F. 2.130,45
05. Ayuda de Vacaciones Vencidas 2008-2009. 55 días x 44,23= Bs.F. 2.432,65
Total de Prestaciones: Bs.F. 19.310,70.
8.- FRANKLIN MALAVE
C.I.: V-10.997.763
Ingreso: 19/02/2008
Egreso: 20/03/2009
Cargo: OBRERO PETROLERO
Tiempo de servicio: Un (1) año y un (1) mes
Salario básico diario: Bs. F. 44.23
Salario normal diario: Bs. F. 57,83
Salario integral: Bs. F. 86,43


01. Preaviso contractual 30 días x 57,83 = 1.734.90
02. Antigüedad Legal, Adicional y Contractual, y Fraccionada Cláusula 9 CCP 2007-2009: 60 días x 86,43= Bs.F. 5.185,80.
03. Utilidades 2008: 23.482,90 x 33,33%= Bs.F. 7.826,90
04. Vacaciones Vencidas 2008-2009 y Fraccionadas Cláusula 8 lit A CCP: 36,84 días x 57,83= Bs.F. 2.130,45
05. Ayuda de Vacaciones Vencidas 2008-2009. 55 días x 44,23= Bs.F. 2.432,65
Total de Prestaciones: Bs.F. 19.310,70.
9.- FELIPE HERNANDEZ
C.I.: V-8.497.234
Ingreso: 19/02/2008
Egreso: 20/03/2009
Cargo: OBRERO PETROLERO
Tiempo de servicio: Un (1) año y un (1) mes
Salario básico diario: Bs. F. 44.23
Salario normal diario: Bs. F. 57,83
Salario integral: Bs. F. 86,43
.
01. Preaviso contractual 30 días x 57,83 = 1734.90
02. Antigüedad Legal, Adicional y Contractual, y Fraccionada Cláusula 9 CCP 2007-2009: 60 días x 86,43= Bs.F. 5.185,80
03. Utilidades 2008: 23.482,90 x 33,33%= Bs.F. 7.826,90
04. Vacaciones Vencidas 2008-2009 y Fraccionadas Cláusula 8 lit A CCP: 36,84 días x 57,83= Bs.F. 2.130,45
05. Ayuda de Vacaciones Vencidas 2008-2009. 55 días x 44,23= Bs.F. 2.432,65
Total de Prestaciones: Bs.F. 19.310,70.
10.- JHON RUIZ RIVERA
C.I.: V-14.386.095
Ingreso: 19/02/2008
Egreso: 20/03/2009
Cargo: OBRERO PETROLERO
Tiempo de servicio: Un (1) año y un (1) mes
Salario básico diario: Bs. F. 44.23
Salario normal diario: Bs. F. 57,83
Salario integral: Bs. F. 86,43.
01. Preaviso contractual 30 dias x 57.83 = 1.734.90
02. Antigüedad Legal, Adicional y Contractual, y Fraccionada Cláusula 9 CCP 2007-2009: 60 días x 86,43= Bs.F. 5.185,80
03. Utilidades 2008: 23.482,90 x 33,33%= Bs.F. 7.826,90
04. Vacaciones Vencidas 2008-2009 y Fraccionadas Cláusula 8 lit A CCP: 36,84 días x 57,83= Bs.F. 2.130,45
05. Ayuda de Vacaciones Vencidas 2008-2009. 55 días x 44,23= Bs.F. 2.432,65
Total de Prestaciones: Bs.F.19.310,70.
11.- FREDDY LOPEZ
C.I.: V-21.248.737
Ingreso: 19/02/2008
Egreso: 20/03/2009
Cargo: OBRERO PETROLERO
Tiempo de servicio: Un (1) año y un (1) mes
Salario básico diario: Bs. F. 44.23
Salario normal diario: Bs. F. 57,83
Salario integral: Bs. F. 86,43


01. Preaviso contractual 30 días x 57,83 = 1.734,90.
02. Antigüedad Legal, Adicional y Contractual, y Fraccionada Cláusula 9 CCP 2007-2009: 60 días x 86,43= Bs.F. 5.185,80
03. Utilidades 2008: 23.482,90 x 33,33%= Bs.F. 7.826,90
04. Vacaciones Vencidas 2008-2009 y Fraccionadas Cláusula 8 lit A CCP: 36,84 días x 57,83= Bs.F. 2.130,45
05. Ayuda de Vacaciones Vencidas 2008-2009. 55 días x 44,23= Bs.F. 2.432,65
Total de Prestaciones: Bs.F. 19.310,70.
MONTO TOTAL DE LA DEMANDA: Bs.f. 212.417,70.
Adicionalmente, conforme al criterio de la Sala Social del Tribunal Supremo de Justicia en sentencia Nº 1841 de fecha 11 de noviembre de 2008, se ordena realizar experticia complementaria del fallo y se condena a la demandada SERVICIOS Y PROYECTOS TECNOLOGICOS, C.A., al pago de los siguientes conceptos:
.- El pago de los intereses sobre la Prestación de Antigüedad, desde la fecha en que se generan hasta la fecha de terminación de la relación de trabajo, conforme a lo establecido en el orinal c) del Tercer Aparte del artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo.
.- Los intereses moratorios causados por la falta de pago de la prestación de antigüedad consagrada en el artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, desde la fecha de finalización de la relación de trabajo, hasta su definitivo pago.
.- La indexación causada por la falta de pago de la prestación de antigüedad consagrada en el artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, desde la fecha de finalización de la relación de trabajo, hasta su definitivo pago.
.- La indexación del resto de los conceptos derivados de la relación laboral, que deberá calcularse desde la fecha de notificación de la demandada hasta que la sentencia quede definitivamente firme, excluyendo de dicho cálculo los lapsos sobre los cuales la causa se haya paralizado por acuerdo entre las partes, por hechos fortuitos o de fuerza mayor, tales como la implementación de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y por vacaciones judiciales.
.- Por último, si la demandada no cumpliere voluntariamente la sentencia, se ordena la corrección monetaria de las cantidades que arroje la experticia complementaria del fallo, para lo cual el Juez de ejecución deberá solicitar al Banco Central de Venezuela el índice inflacionario acaecido en la ciudad de Caracas desde la fecha del decreto de ejecución hasta la materialización, entendiéndose por esto último la oportunidad del pago efectivo, de conformidad con el artículo 185 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, excluyendo el lapso en que el proceso haya estado suspendido por acuerdo de las partes, y aquellos en los cuales la causa estuviere paralizada por motivos no imputables a ellas, es decir, casos fortuito o fuerza mayor, tales como vacaciones judiciales, huelgas tribunalicias e implementación de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, con sede el Tigre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por Cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales incoará los ciudadanos: ORANGEL JOSÉ CASTAÑEDA, RICARDO JOSE MARTINEZ, FRANCISCO HERMOGENES HENRIQUEZ JOSÉ RAMÓN RODRIGUEZ, ARTURO AZOCAR, FRANKLIM JOSÉ MALAVE , FELIPE DAVID HERNADEZ BARROYETA, JOHN EDWIN RUIZ RIVERA Y FREDDY ALBERTO LÓPEZ., venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros 3.735.278, 14.081.541, 4.004.210,9.424.170, 16.666.777, 14.308.919, 9.812.492,10.997.763, 8.497.234, 14.386.095 y 21.248.737., respectivamente; en contra de la sociedad mercantil SERVICIOS Y PROYECTOS TECNOLOGICOS, C.A.; en consecuencia, se condena a pagar la cantidad de DOCIENTOS DOCE MIL CUATROCIENTOS DIECISIETE CON SETENTA CÉNTIMOS (Bs.212.417,70); adicionando a cada monto la indexación, conforme a la experticia complementaria del fallo que se ordena practicar en fase de ejecución, mediante un experto contable que designará el tribunal por cuenta de la demandada.
No se condena en costas a la demandada, por el carácter parcial de la demanda.
Publíquese y Regístrese la anterior decisión en el copiador respectivo.
Dictada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en el Tigre a los 28 días del mes de mayo de dos mil trece. Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación.
La Jueza Provisoria,
La Secretaria Accidental,
Abg. THAMARA GUZMAN DE ROJAS

Abg. ELENA Y. NAAR GUERRA
Siendo las 3:30 de la tarde se publicó la anterior decisión y se registró en el copiador respectivo. Conste.- La Secretaria Accidental,

Abg. ELENA Y. NAAR GUERRA

TGDR/tgdr
BP12-L-2012-000073