REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental.
Barcelona, cinco de noviembre de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO: BP02-N-2006-000514
Vista la demanda que inmediatamente precede, y revisados todos los recaudos, se ADMITE cuanto ha lugar en derecho. Se acuerda de conformidad con el artículo 99 de la Ley de Estatuto de la Función Pública, emplazar a la Contraloría del Estado Anzoátegui, a los fines de que comparezca por ante este Tribunal, a dar contestación a la demanda que por Querella Funcionarial intentara la ciudadana Rebeca María Portillo, titular de la cedula de identidad Nº 5.491.595, debidamente asistida de abogado, dentro de los quince (15) días de despacho siguientes, contados a partir de que conste en autos las resultas de la citación aquí dispuesta. Igualmente, se acuerda solicitar a través de su persona, el expediente administrativo relacionado con la presente causa, para que lo envíe dentro de los dos (2) días de despacho siguientes a su emplazamiento. Compúlsese por secretaría copia certificada del libelo de la demanda, de sus anexos y del auto de admisión, a los fines del emplazamiento respectivo.
La Jueza,
Dra. Mirna Mas y Rubí Spósito El Secretario,
Abog. Javier Arias León.
Mhy.-
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