REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintidós de noviembre de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO: BP02-V-2013-001174
Vista la diligencia de fecha 19 de noviembre de 2013, suscrita por el ciudadano Carlos Enrique Guaicara Arriojas, venezolano, mayor de edad e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 42.416, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual desiste del procedimiento y solicita la devolución de los Originales consignados con libelo de la demanda; este Tribunal, HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO, en la mismos términos y condiciones por ella expresado en dicha diligencia, ordenándose proceder como en Sentencia pasada, en Autoridad de cosa juzgada, conforme a lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, se ordena el desglose de los originales cursantes a los folios del 14 al 23, ambos inclusive, previa su certificación en autos. Se da por terminado el presente juicio, y se ordena el archivo del expediente. Así se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.
El Juez Temporal,
Alfredo José Peña Ramos
La Secretaria,
Judith Milena Moreno Sabino
Se requieren fotostatos para proveer. Conste.-
La Secretaria,
Judith Milena Moreno Sabino
/Aura H.-
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