REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, cuatro de noviembre de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO: BP02-F-2013-000072
En horas de despacho del día de hoy, cuatro (04) de noviembre del año dos mil trece (2013), siendo hora y fecha fijados para que tenga lugar el segundo acto reconciliatorio en la presente causa de Divorcio, incoado por Francisco José Abad Paricaguan, en contra de Minexys del Valle Ojeda Alfaro, se abre el acto previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal por parte del Alguacil. Presentes en este acto la ciudadana Minexys del Valle Ojeda Alfaro, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 8.972.483, en su carácter de parte demandada, debidamente asistida por los abogados Isaac Arturo Medina y Rebeca M. Tachinamo, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 193.686 y 204.629. Asimismo compareció la Fiscal Undécimo del Ministerio Público. Se deja constancia de que la parte actora ciudadano Francisco José Abad Paricaguan, no compareció al presente acto, por lo que este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 758 del Código de Procedimiento Civil, declara extinguido el presente proceso y así se decide.- Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
El Juez Provisorio,
Abg. Jesús Salvador Gutiérrez Díaz.
LA PARTE DEMANDADA
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA
FISCAL DEL MINISTERIO PUBLICO
LA SECRETARIA,
ABG. MIRLA MATA ROJAS.
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