REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, trece de noviembre de dos mil trece
203º y 154º

ASUNTO: BP02-R-2013-000242


Vista la diligencia de fecha 12 de Noviembre de 2.013, suscrita por el abogado en ejercicio PEDRO LUIS PEREZ BURELLI, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 38.942, la cual fue consignada por el Cuaderno Principal y riela al folio 16, con la cual desiste del presente Recurso de Regulación de Competencia, solicitado en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES (INTIMACION), sigue el BANCO EXTERIOR, C.A., Banco Universal, en contra de la DISTRIBUIDORA PD 1526, C.A., y la ciudadana YELITZA DIAZ DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.779.190, este Tribunal acuerda de conformidad, en consecuencia, se HOMOLOGA dicho desistimiento en los mismos términos por el señalado, y se toma como sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, asimismo, se da por terminado el presente Recurso. Así se decide.-
El Juez Provisorio,
La Secretaria

Abg. Emilio Arturo Mata Quijada
Abg. Marieugelys García Capella