N° DE EXPEDIENTE: BP12-L-2013-000282
PARTE ACTORA: ANDRES ALCIDES VASQUEZ CARABALLO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abg. BALBINO DE ARMAS
PARTE DEMANDADA: EVI DE VENEZUELA S.A.-WEATHERFORD
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abg. ROBERTO WILLIAMSON
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
DESISTIDO EN PROLONGACIÓN
A las 9:30 a.m. del día de hábil de hoy, 21 de noviembre de 2013, siendo la oportunidad previamente fijada para la prolongación de la audiencia preliminar, en la demanda que por Cobro de Prestaciones Sociales intentó el ciudadano ANDRES ALCIDES VASQUEZ CARABALLO, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad número V-17.592.313; en contra de la sociedad mercantil EVI DE VENEZUELA S.A.-WEATHERFORD. Se deja constancia que por la parte demandada la sociedad mercantil EVI DE VENEZUELA S.A.-WEATHERFORD comparece el abogado ROBERTO WILLIAMSONM, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 100.1627. De igual forma, deja constancia que no compareció ni por si ni por medio de apoderado alguno, la parte actora; a pesar del llamado del Alguacil del Circuito en las puertas del tribunal a la hora fijada, es decir a las 9:30 a.m.; por lo que, de conformidad con el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. El tribunal expide dos (2) ejemplares adicionales a la parte compareciente.
La Jueza Provisoria,
Abg. MARINES SULBARAN MILLAN
La Secretaria,
Por la demandada Abg. GRACIELA ROSA VASQUEZ RIVERO
En esta misma fecha de hoy, siendo las 9:41 de la mañana se publicó la anterior decisión. Conste.- La Secretaria,
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