REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui - Barcelona
Barcelona, cuatro de noviembre de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO: BP02-J-2012-002981
RESOLUCION INTERLOCUTORIA
MOTIVO: DISPOSICION DE BIENES
SOLICITANTE: MARGARITA YSABEL MARCANO ZAPATA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.311.951
NIÑA: (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente)
Vista la diligencia de fecha 11/10/2013, presentada por la ciudadana Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial, y el contenido de las mismas, en consecuencia este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en uso de sus atribuciones legales, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, y el Interés Superior de la niña (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) ORDENA hacerle entrega a la ciudadana MARGARITA YSABEL MARCANO ZAPATA, venezolana, titular de la cedula de Identidad V-8.311.951, la cantidad de dinero DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO 00/CTMS (Bs. F 2.375,00), a fin de cubrir los gastos de Pago de Mensualidades del mes de Octubre del Colegio a favor de la niña de marras, dicha suma de dinero será deducida de la cuenta de ahorros 0175-0088-12-0061696247, del Banco Bicentenario, Agencia Barcelona, aperturada a nombre de la ciudadana MARGARITA YSABEL MARCANO ZAPATA, arriba identificada, en su condición de representante legal de la niña (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) . Igualmente este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, tomando en cuenta el Interés Superior de los niños, niñas y adolescentes, establecido en el articulo 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente.- Se acuerda oficiar a la Oficina de Control de Consignaciones, a los fines de dar cumplimiento a lo aquí ordenado. Y ASI SE DECIDE.
LA JUEZ
DRA. AMERICA FERMIN.
LA SECRETARI ACC,
ABG. ZOBEIDA GUAREGUA.
En la misma fecha del auto anterior se dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.
LA SECRETARI ACC,
ABG. ZOBEIDA GUAREGUA
AF/yamelisº