REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental
Barcelona, dos de octubre de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO: BP02-U-2011-000172

Visto el contenido del escrito contentivo de Juicio Ejecutivo interpuesto por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D) Civil, en fecha 13-05-2011, por las abogadas MARTHA CECILIA PEDRAZA ROJAS y CARMEN VICTORIA PEREZ GUARACO venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 8.188.033 y 8.286.260 e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 48.631 y 82.486, respectivamente actuando como Representantes Legales de la República Bolivariana de Venezuela, adscrito al SENIAT Región Insular, contra la contribuyente LITTLE WORLD, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en fecha 12-06-2000, bajo el Nº 68, Tomo 18-A, y por ante el Registro de Información Fiscal bajo el Nº J-30722647-1, domiciliada en la Urbanización Playas del Ángel, Avenida Aldonza Manrique, Centro Comercial Rattan Plaza, PB, Local P-23, Pampatar, Municipio Maneiro del Estado Nueva Esparta, y el responsable solidario VICTOR EXEQUIEL MEDINA SANABRIA venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-14.841.593, en su carácter de la referida contribuyente, recibido por este Tribunal superior en fecha 13-05-2011.

Por auto de fecha 18 de Mayo de 2011, este Tribunal Superior le dio entrada al presente Juicio Ejecutivo. (Folio 165).

Realizada la revisión del referido escrito y sus recaudos, en fecha 25 de Mayo de 2011, se dictó y publicó Sentencia Interlocutoria Nº 31, Admitiendo el presente JUICIO EJECUTIVO intentado por la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Insular del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), contra la contribuyente LITTLE WORLD, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en fecha 12-06-2000, bajo el Nº 68, Tomo 18-A, y por ante el Registro de Información Fiscal bajo el Nº J-30722647-1, domiciliada en la Urbanización Playas del Ángel, Avenida Aldonza Manrique, Centro Comercial Rattan Plaza, PB, Local P-23, Pampatar, Municipio Maneiro del Estado Nueva Esparta, y el responsable solidario VICTOR EXEQUIEL MEDINA SANABRIA venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-14.841.593, en su carácter de Presidente respectivamente de la contribuyente antes mencionada ordenando la intimación de la Sociedad Mercantil LITTLE WORLD, C.A., y de su Responsable Solidario ciudadano VICTOR EXEQUIEL MEDINA SANABRIA venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-14.841.593, domiciliada en la Urbanización Playas del Ángel, Avenida Aldonza Manrique, Centro Comercial Rattan Plaza, PB, Local P-23, Pampatar, Municipio Maneiro del Estado Nueva Esparta; a fin de que comparezca por ante este Tribunal Superior dentro de los cinco (05), días de despacho siguientes a la constancia en autos de haberse practicado su intimación más dos (02) días contados por el término de la distancia, para que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 294 del Código Orgánico Tributario, pague o compruebe haber pagado a la GERENCIA REGIONAL DE TRIBUTOS INTERNOS DE LA REGION INSULAR DEL SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), adscrito al Ministerio del Poder Popular de Planificación y Finanzas, apercibido de ejecución las siguientes cantidades de dinero:

1.- La cantidad de CINCO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO BOLIVARES FUERTES CON OCHENTA CÉNTIMOS (Bs.F 5.644,80) monto determinado por concepto de multa contenido en la planilla de liquidación Nº 091001223000411 de fecha 28-02-2007.

2.- La cantidad de CINCO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO BOLIVARES FUERTES CON OCHENTA CÉNTIMOS (Bs.F 5.644,80) monto determinado por concepto de multa contenido en la planilla de liquidación Nº 091001223000412 de fecha 28-02-2007.

3.- La cantidad de NOVECIENTOS CUARENTA BOLIVARES FUERTES CON OCHENTA CÉNTIMOS (Bs.F 940,80) monto determinado por concepto de multa contenido en la planilla de liquidación Nº 091001233000118 de fecha 28-02-2007.

4.- Las costas del proceso de conformidad con lo dispuesto en el artículo 327 del Código Orgánico Tributario; la cantidad de MIL DOSCIENTOS VEINTITRES BOLIVARES FUERTES CON CUATRO CÉNTIMOS (Bs.F 1.223,04) equivalente al diez por ciento (10%) de la suma demandada o formulen oposición conforme a la Ley. (Folios 166 al 168).

En fecha 31 de Mayo de 2011, comparece por ante este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental la Abogada CARMEN VICTORIA PÉREZ, actuando en su carácter de Representante Legal de la República, mediante la cual suministra los fotostatos para librar las Boletas de Intimación y oficio de Comisión correspondientes en el presente asunto, siendo agregada y acordada en autos por este Despacho en fecha 01 de Junio de 2011. (Folios 169 al 171).

En fecha 01 de Junio de 2011, se libró Boleta de Intimación Nº 1433/2011, dirigida al ciudadano VICTOR EXEQUIEL MEDINA SANABRIA, actuando en su carácter de Responsable Solidario de la contribuyente LITTLE WORLD, C.A., asimismo se libró oficio de comisión Nº 1434/2011, dirigido al Juzgado del Municipio Maneiro de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, a los fines de que sea debidamente practicada la Boleta de Intimación antes mencionada. (Folios 172 al 174).

Por auto de esta misma fecha (01/06/2011), se abrió el Cuaderno Separado de Medidas, signado con el Nº BF01-X-2011-000029, y se libró el mandamiento de ejecución dirigido a la contribuyente LITTLE WORLD, C.A. (Folios 01 al 05 del cuaderno separado).

En fecha 09 de Junio de 2011, el ciudadano Alguacil de este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, dejó constancia de la nota de entrega de la Boleta de Intimación y el oficio de comisión Nº 1434/2011 y 1433/2011, a la Abogada Carmen Victoria Pérez, actuando en su carácter de Representante Legal de la República. (Folio 175).

En fecha 09 de junio de 2011, el suscrito Héctor Andarcia, Secretario de este Tribunal Superior, le hace entrega del mandamiento de Ejecución a la Abogada CARMEN VICTORIA PÉREZ, actuando en su carácter de Representante Legal de la República. (Folio 176)

En fecha 15 de Junio de 2011, comparece por ante este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, la Abogada CARMEN VICTORIA PÉREZ, actuando en su carácter de Representante Legal de la República, mediante la cual suministra los fotostatos necesarios, para que ese libre Boleta de Intimación dirigida a la contribuyente LITTLE WORLD, C.A., y asimismo solicita se le designe como correo especial a los fines de que sean debidamente practicadas las Boleta de Intimación antes mencionada, siendo agregada y acordada en autos por este Despacho en fecha 20 de Junio 2011. (Folios 177 al 179).

En esta misma fecha (20/06/2011), se libró Boleta de Intimación Nº 1543/2011, dirigida a la contribuyente LITTLE WORLD, C.A. de igual manera se libró oficio de comisión Nº 1544/2011, dirigido al Juzgado del Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta. (Folios 180 al 182).

En fecha 27 de Junio de 2011, el ciudadano Alguacil de este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, dejo constancia que le hizo entrega de la Boleta de Intimación y oficio de comisión Nº 1543/2011 y 1544/2011, a la Abogada CARMEN VICTORIA PREZ, actuando en su carácter de Representante Legal de la República. (Folio 183).

En fecha 26 de Junio de 2012, se dictó auto mediante el cual este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, agregó oficio Nº 9157, de fecha 30/05/2012, presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) Civil, procedente del Juzgado del Municipio Maneiro de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, de esta misma manera este Despacho dejó expresa constancia que el mismo no corresponde al presente asunto. (Folios 184 al 185)

En fecha 25 de Julio de 2012, comparece por ante este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, la Abogada CARMEN VICTORIA PREZ, actuando en su carácter de Representante Legal de la República, y solicita el desglose de las resultas agregadas en el presente asunto, de igual manera solicita se libre oficio al Juzgado del Municipio Maneiro de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, a los fines de que informen las resultas de la Boleta de Intimación Nº 1543/2011, toda vez que en folio Nº 186 riela oficio de Comisión Nº 1544/2011, sin las respectivas resultas, siendo agregada en autos por este Despacho en fecha 30 de Julio de 2012. (Folios 186 al 188).

En esta misma fecha (30/07/2012), se libró oficio Nº 1714/2012, dirigido al Juzgado del Municipio Maneiro de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, a los fines de que informen a este Despacho el estado de las resultas de la Boleta de Intimación Nº 1543/2011, dirigida a la parte recurrente. (Folio 189).

Por auto de fecha 17 de Enero de 2013, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, agregó oficios Nros: 755 y 756, de fecha 23/11/2012, emanados del Juzgado del Municipio Maneiro de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, mediante el cual remiten resultas de las Boletas de Intimación, signadas con los Nros: 1543/2011 y 1433/2011, dirigidos a la contribuyente LITTLE WORLD, C.A. y al ciudadano VICTOR EXEQUIEL MEDINA SANABRIA, sin ser practicadas. (Folios 190 al 252)

En fecha 16 de Enero de 2013, comparece por ante este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, la Abogada Carmen Victoria Pérez, actuando en su carácter de Representante Legal de la República, mediante la cual consigna copias certificadas del reporte de SIVIT y de Planillas de pago de la contribuyente LITTLE WORLD, C.A., siendo agregada en auto por este Despacho en fecha 25 de Enero de 2013, dejando expresa constancia que se proveerá por auto separado. (Folios 253 al 260).

En fecha 07 de Agosto de 2013, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, dictó auto mediante el cual se agregó diligencia presentada en fecha 05 de Agosto de 2013, por la Abogada Carmen Victoria Pérez, actuando en su carácter de Representante Legal de la República, mediante la cual solicita a este Despacho se sirva dictar sentencia en el presente asunto. (Folios 261 al 263).

En fecha 08 de Agosto de 2013, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, dictó mediante el cual se ordenó corregir la foliatura en el presente asunto. (Folio 264).

Ahora bien, revisada y analizada la diligencia presentada por la Abogada Carmen Victoria Pérez, funcionaria adscrita a la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Insular, actuando en su carácter de sustituta de la ciudadano Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela, este Órgano Jurisdiccional de Instancia observa que: En fecha 16 de Enero de 2013, consignó copias certificadas del Reporte del Sistema Venezolano de Información Tributaria (SIVIT) y Planillas Para Pagar, identificadas con los Nros de liquidación: 091001237000016, de fecha 09-11-2012; 091001233000118, de fecha 28/02/2007; 091001223000412, de fecha 28/02/2007, y 091001223000411, de fecha 28/02/2007, por las siguientes cantidades: MIL DOSCIENTOS VEINTITRÉS BOLÍVARES FUERTES CON CUATRO CÉNTIMOS (Bs.F. 1.223,04) por concepto de Costas Procesales; NOVECIENTOS CUARENTA BOLÍVARES FUERTES CON OCHENTA CÉNTIMOS (BSF. 940,80) por concepto de Multa en materia de Impuesto Sobre la Renta ISLR); CINCO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO BOLÍVARES FUERTES CON OCHENTA CÉNTIMOS (BsF. 5.644,80) por concepto de Multa en materia de impuesto al Valor Agregado (I.V.A.); y CINCO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO BOLÍVARES FUERTES CON OCHENTA CÉNTIMOS (BsF. 5.644,80) por concepto de Multa en materia de impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), debidamente canceladas por la contribuyente LITTLE WORLD, C.A., ante la Agencia del Banco Exterior ubicada en el Rattan Plaza, estado Nueva Esparta, en fechas 09 y 14 de noviembre de 2012. Con base en lo anteriormente expuesto y por cuanto se evidencia un cese del derecho particular por parte de la contribuyente, a juicio de este Órgano Jurisdiccional de Instancia Superior, ha desaparecido el objeto jurídico de ésta; y así se decide.-

En consecuencia, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, por cuanto ha cesado el objeto fundamental de la pretensión en la presente causa, con la consignación del Reporte del Sistema Venezolano de Información Tributaria (SIVIT) y Planillas Para Pagar, identificadas con los Nros de liquidación: 091001237000016, de fecha 09-11-2012; 091001233000118, de fecha 28/02/2007; 091001223000412, de fecha 28/02/2007, y 091001223000411, de fecha 28/02/2007, por las siguientes cantidades: MIL DOSCIENTOS VEINTITRÉS BOLÍVARES FUERTES CON CUATRO CÉNTIMOS (Bs.F. 1.223,04) por concepto de Costas Procesales; NOVECIENTOS CUARENTA BOLÍVARES FUERTES CON OCHENTA CÉNTIMOS (BSF. 940,80) por concepto de Multa en materia de Impuesto Sobre la Renta ISLR); CINCO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO BOLÍVARES FUERTES CON OCHENTA CÉNTIMOS (BsF. 5.644,80) por concepto de Multa en materia de impuesto al Valor Agregado (I.V.A.); y CINCO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO BOLÍVARES FUERTES CON OCHENTA CÉNTIMOS (BsF. 5.644,80) por concepto de Multa en materia de impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), debidamente canceladas por la contribuyente LITTLE WORLD, C.A., ante la Agencia del Banco Exterior ubicada en el Rattan Plaza, estado Nueva Esparta, en fechas 09 y 14 de noviembre de 2012, realizada por la abogada CARMEN VICTORIA PÉREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-8.286.260, e Inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 82.486, actuando en su carácter de sustituta por representación de la ciudadana Procuradora General de la República Bolivariana de Venezuela; este Tribunal Superior DECLARA: Terminada la presente causa, en virtud de que no existe materia sobre la cual decidir. Así se decide.

Asimismo, se ordena librar Boleta de notificación con sus respectivas copias certificadas de la presente Decisión Interlocutoria con Fuerza Definitiva al ciudadano Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela de conformidad con lo establecido en el artículo 86 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Igualmente se ordena comisionar al Juzgado de Municipio del Área Metropolitana de Caracas, a través de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) Caracas, a los fines que el Alguacil del Juzgado a que corresponda la presente comisión se sirva practicar la Boleta de Notificación dirigida a la ciudadana Procuradora General de la República Bolivariana de Venezuela, de conformidad con lo establecido en los artículos 26 y 49 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 234 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese oficio con las inserciones pertinentes.

Se ordena el archivo del presente asunto; Una vez que conste en autos las resultas de las Notificaciones ordenadas.

Regístrese y publíquese. Déjese copia de la presente decisión en el archivo de este Tribunal Superior.

Dado firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de le Región Oriental. Barcelona, a los dos (02) días del mes de octubre del año 2013. Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación.

EL JUEZ PROVISORIO,


Dr. PEDRO DAVID RAMIREZ PEREZ.
EL SECRETARIO,


ABG. HECTOR ANDARCIA.
Nota: En esta misma fecha (02-10-2013), siendo las 11:20 a.m., se dictó y publicó la anterior decisión previa las formalidades de Ley. Conste.
EL SECRETARIO,


ABG. HECTOR ANDARCIA.


PDR/HA/cl