REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental
Barcelona, 30 de octubre de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO: BP02-U-2012-0000133
DEMANDANTE: INVERSIONES COMPAY GRILL, C.A.
DEMANDADO: DIRECCION DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA DEL MUNICIPIO DIEGO BAUTISTA URBANEJA DEL ESTADO ANZOÁTEGUI
MOTIVO: RECURSO CONTENCIOSO TRIBUTARIO.
Visto el contenido del Escrito de Pruebas presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos URDD Civil, en fecha 19/09/2013, por la Abogada LESLIE FIGUERA, debidamente identificada y actuando en su carácter de Representante Legal de Sociedad Mercantil INVERSIONES COMPAY GRILL, mediante el cual promueve en su CAPÍTULO I: MERITO FAVORABLE y CAPITULO II: DE LAS DOCUMENTALES.
Ahora bien, estando este Tribunal Superior en la oportunidad procesal para Admitir o no el escrito de Promoción de Pruebas, procede a hacerlo en los siguientes términos:
En cuento al MÈRITO FAVORABLE y DOCUMENTALES promovidas por la Abogada antes identificada; Este Tribunal Superior ADMITE las mismas, por no ser manifiestamente ilegal, ni impertinente salvo su apreciación en la definitiva y deja constancia expresa que el mérito favorable se apreciará de lo que se desprenda de autos conforme a lo alegado y probado, en la sentencia definitiva. Cúmplase.-
Regístrese y Publíquese. Déjese copia de la presente decisión en el archivo de este Tribunal Superior.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, a los treinta y un (31) días del mes de Octubre del año dos mil trece (2013). Años: 203º de la Independencia y 154º de la Federación.
EL JUEZ PROVISORIO,
Dr. PEDRO DAVID RAMIREZ PEREZ.
EL SECRETARIO.
ABG. HÉCTOR ANDARCIA.
Nota: En esta misma fecha (31/10/2013), siendo las 01: 48. p.m, se dictó y publicó la anterior decisión previa las formalidades de Ley. Conste.
EL SECRETARIO.
ABG. HÉCTOR ANDARCIA
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