REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintidós de octubre de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO: BP02-F-2013-000167
Vista la anterior pretensión de Divorcio, intentado por el ciudadano Rubén José Rodríguez, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 6.848.133, a través de sus apoderados judiciales abogados Fray Serafin Ramírez Nieto y Félix Guzmán, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 44.031 y 44.246, respectivamente, en contra de la ciudadana Yotselin Mauret Martínez Barrios, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 12.017.194, domiciliada en el Municipio Miranda, Estado Anzoátegui; a los fines de su admisión, el Tribunal previamente Observa:
De la revisión de las procesales que conforman la presenta causa se evidencia que el ultimo domicilio conyugal de los ciudadanos Rubén José Rodríguez y la ciudadana Yotselin Mauret Martínez Barrios, fue en el Municipio Miranda del Estado Anzoátegui, el cual corresponde a la zona sur del Estado Anzoátegui, en consecuencia, es forzoso para este Juzgador declararse incompetente en razón del territorio para conocer de la presente pretensión de Divorcio, de conformidad con el artículo 754 del Código de Procedimiento Civil, por tal motivo DECLINA el conocimiento de la causa al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en la ciudad del El Tigre, a quien se ordena remitir el presente expediente junto con oficio a los fines de ley.- Así se declara.
La Juez Temporal
Abg. Daniela Briceño Rivero. La Secretaria,
Abg. Mirla Mata Rojas.
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