REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, veintiuno de octubre de dos mil trece
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-F-2010-000198
ASUNTO: BP12-F-2010-000198


SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (PERENCION DE LA INSTANCIA)


MOTIVO: DIVORCIO 185-A


JUICIO: CIVIL


SOLICITANTES: MARBELIS GUILLERMINA ITRIAGO DE ATAY y FREDDY RIGOBERTO ATAY PARACO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Números: V-13.752.942 y V-12.438.853.-


Por cuanto de la revisión de las actas que integran este expediente el Tribunal observa: Que en relación a la solicitud de DIVORCIO 185-A, suscrita por los ciudadanos: MARBELIS GUILLERMINA ITRIAGO DE ATAY y FREDDY RIGOBERTO ATAY PARACO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Números: V-13.752.942 y V-12.438.853, respectivamente, debidamente asistidos por la Abg. GLESSY SUAREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 100.643, desde el último acto del procedimiento hasta la presente fecha ha transcurrido más de Un (1) año sin que las partes solicitantes hayan instado el procedimiento, por lo que se declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, conforme a lo dispuesto en los Artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil.-
En virtud de lo expuesto, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara EXTINGUIDA LA INSTANCIA, por haber ocurrido la perención en el presente asunto.-
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.-

DADA, FIRMADA Y SELLADA, en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en la ciudad de El Tigre, a los Veintiún días del mes de Octubre del Dos Mil Trece, Años; 203 de la Independencia y 154° de la Federación.-
LA JUEZ,


Abg. ARELIS MORILLO SANCHEZ
LA SECRETARIA


Abg. FLOR YESENIA CUESTA G.