REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintidós de octubre de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO: BP02-L-2013-000346
MONTO: Bs. 8.000,00
PARTE ACTORA: JONATHAN JOSE MOYA CASTELLANO, titular de la Cédula de Identidad Nº 21.721.454.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: La abogado YENNY RODRIGUEZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro. 135.135.
PARTE DEMANDADA: GUARDIANES TRIPLE R, C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: El abogado ERWING HERNANDEZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el No. 175.003.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
SENTENCIA
Hoy, veintidós (22) de Octubre del 2013,siendo el día y la hora fijada para la continuación de la audiencia preliminar pautada para hoy, comparecen por ante este Despacho los interlocutores sociales plenamente identificados en el encabezamiento de la presente acta y le dieron inicio a la presente prolongación; luego de sus deliberaciones con anuencia del tribunal le manifestaron a éste que habían llegado a un arreglo a través del medio de auto composición procesal denominado Transacción Laboral, la cual la presentan al despacho en los términos siguientes: Interviene la representación empresarial y expuso: Ofrezco como pago único total y definitivo para satisfacer todos los conceptos demandados y cualquiera otro derivado de la relación de trabajo que el accionante mantuvo con mi representada, la cantidad de OCHO MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. F 8.000,00)., los cuales son cancelados mediante cheque Nº 92636774 del Banco Mercantil, de fecha 22-10-2013 a favor del trabajador, por la referida cantidad.Es todo. De igual forma intervino el trabajador y su apoderada judicial y expuso: Acepto la transacción realizada y la cantidad cancelada por la parte accionada en todo y cada uno de los términos realizados no teniendo más nada que reclamar ni por estos ni por ningún otro concepto que pudo o pudieran derivarse de la relación laboral que me unió a la demandada. Ahora bien Vista la TRANSACCION a la que han llegado las partes en la presente causa; este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicha TRANSACCION, otorgándole el carácter de cosa Juzgada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y las Trabajadoras, 10 y 11 de su Reglamento y 89 ordinal 2° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y se da por terminado el presente procedimiento, ordenándose el archivo judicial del expediente.Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Asimismo se ordena expedir por Secretaría las copias certificadas solicitadas. Se ordena la devolución de las pruebas, las cuales son recibidas en este acto. Dada, firmada, sellada y refrendada, a los veintidós (22) días del mes de Octubre del dos mil trece (2013).
El Juez,
Abg. Ángel G. Parra
La Secretaria,
Abg. Fabiola Pérez.
Los Presentes,
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