REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, ocho de Octubre del dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO: BP02-S-2013-002052
MONTO: Bs. F. 10.295,50
SENTENCIA
Vista la TRANSACCION suscrita por el ciudadano WILLIAN DAVID GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 17.535.825, debidamente asistido por el abogado DAIVY JOSE CASTELLINI VARGAS, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 169.214, por una parte y por la otra, la empresa COMERCIALIZADORA LIMPIA TODO C.A, inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 29 de Julio de 1.996, bajo el No. 10, Tomo A-27, representada por el abogado ROBERT ANTONIO RENGIFO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 201.508, en su carácter de apoderado judicial de la misma, según documento poder que riela a los autos; este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicha TRANSACCION, otorgándole el carácter de cosa Juzgada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y las Trabajadoras, 9 y 11 de su Reglamento y 89 ordinal 2° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y se da por terminado el presente procedimiento, ordenándose el archivo judicial del expediente. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Asimismo se ordena expedir por Secretaría las copias certificadas que se soliciten. Dada, firmada, sellada y refrendada, a los ocho (08) días del mes de Octubre del dos mil trece (2013).
El Juez,
Abg. Ángel G. Parra
La Secretaria,
Abg. Fabiola Pérez.
Se dictó y publicó la anterior decisión en esta misma fecha. Conste.
La Secretaria,
Abg. Fabiola Pérez.
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