ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: BP02-L-2013-000298
PARTE ACTORA: DOMINGO ANTONIO MEJIAS
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ANGEL JOHANSON DE LA ROSA Y OTROS
PARTE DEMANDADA: FBK CORPORACION
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: GUSTAVO RAMOS Y OTROS.
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy veintinueve de octubre de dos mil trece, siendo las 10:30 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES interpusiere el ciudadano DOMINGO ANTONIO SEIJAS contra la sociedad mercantil FBK CORPORACION; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a prolongación de la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si, no por medio apoderado judicial alguno, aun cuando el ciudadano Alguacil procedió a realizar el llamado de Ley entre las partes, solo compareciendo ciudadano GUSTAVO RAMOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No.14.317.551, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No.95.643, en su carácter de apoderado judicial de la demandada, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 154 ° y 203 °.
Se ordena la entrega de las pruebas promovidas,
La Juez
Abg. María José Carrión G.
La Secretaria,
Abg. Maribi Yánez.
El compareciente,
Seguidamente y en esta fecha, siendo las 10:91, a.m., se publico la anterior Resolución. Conste:
La Secretaria,
MJCG/MYN.-
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