REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, treinta (30) de octubre de dos mil trece (2013)
203º y 154º

ASUNTO: BP02-R-2013-000579
PARTE DEMANDANTE RECURRENTE: ciudadano OSCAR RAFAEL CHARMEL PEREZ, titular de la cédula de identidad Nro.2.432.337.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDANTE RECURRENTE: abogados GILBERTO AREYAN, LUIS CAIRO MORENO, MARINES FUENTES, ISOBEL RON y JENIFFER GONZALEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 52.940, 68.941, 139.095, 29.548 y 135.114, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: sociedad mercantil TRANSPORTACION Y SOLDADURAS TECNICAS, S.A (TRANSOLTESA), inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, bajo el Nro.45, Tomo-A, de fecha 17 de febrero de 1.981.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: abogados LEONARDO GUZMAN, JORGE SALAZAR, LOURDES REYES, JUAN BAUTISTA ORTIZ, KARINA BAPTISTA, ROMAYT AGUILERA y JUAN GUZMAN, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 50.037, 55.112, 27.558, 41.889, 91.133, 103.744 Y 50.355, respectivamente.
MOTIVO: AUDIENCIA ORAL Y PUBLICA CON OCASIÓN AL RECURSO DE APELACION EJERCIDO POR LA PARTE DEMANDANTE, CONTRA DECISION DE FECHA 9 DE AGOSTO DE 2013, DICTADA POR EL TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI CON SEDE EN LA CIUDAD DE EL TIGRE.

En el día hábil de hoy, treinta (30) de octubre de dos mil trece (2013), siendo las 11:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia en la presente causa. Se deja constancia que se encuentra presentes la Juez, Abg. Carmen Cecilia Fleming, la Secretaria del Tribunal, Abg. Romina Vacca y el alguacil designado. Se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandante recurrente, ni por si ni por medio de apoderado o representante judicial alguno. Al evidenciar el Tribunal la incomparecencia del recurrente, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: De conformidad con lo establecido en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra sentencia de fecha 9 de agosto de 2013, dictado por el Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en la ciudad de El Tigre. Igualmente, se deja constancia que la presente Audiencia se reprodujo en forma audiovisual de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, con una cámara marca SONY HDD, HANDY CAM DCR-SR21, manipulada por el Técnico Audiovisual adscrito a la Coordinación Judicial de esta Circunscripción ciudadano JESUS GUEVARA, titular de la cédula de identidad No 11.904.682. Se acuerda la publicación de la presente acta así como dejarse copia certificada de la misma. Es Todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ

ABG. CARMEN CECILIA FLEMING H.

LA SECRETARIA.

ABG. ROMINA VACCA.