REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui extensión El Tigre
El Tigre, dieciocho de octubre de dos mil trece
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-J-2013-001362
ASUNTO: BP12-J-2013-001362
SENTENCIA DEFINITIVA
SOLICITANTE: MILA MEDRANO CAMPOS.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
NIÑOS: …..

Visto que en la oportunidad para que tenga lugar la Audiencia a la que se contrae el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, con ocasión presentada por la ciudadana MILA MEDRANOS CAMPOS , venezolana, mayor de edad, titulares de la cedula de identidad Nro. V12.678. actuando en nombre y representación de sus menores hijos los ……, venezolano y, todos con domicilio en la calle Andrés Eloy blanco, Nro 42, Sector 17 de Diciembre II , El Tigre , Municipio Simón Rodríguez Estado Anzoátegui. Solicitan que se les declare TITULO SUPLETORIO. Anunciado dicho acto a las puertas del circuito judicial de protección, por el alguacil JUAN CARLOS MORILLO SUCRE, habiéndose constatado la presencia de la solicitante MILA MEDRANO CAMPOS, representada por la profesional del derecho Abogada FRANCE ROSMARY MEDRANO de los testigos aportados por la solicitante. Se constituyen en el Despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, sede El Tigre, esta Juzgadora junto a las partes intervinientes en el presente asunto. Concluida la evacuación de las pruebas, y la revisión de las documentales, esta Jueza de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, ACUERDA: Declarar Con Lugar la Solicitud de JUSTIFICATIVO DE TITULO SUPLETORIO, presentada por los ciudadana MILA MEDRANO CAMPOS, venezolanas, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad nros V-12.678.857 actuando en nombre y representación de sus menores hijos los ….., sobre una vivienda enclavada y están comprendidas dentro de los siguientes linderos bienhechuria con un área de construcción de Noventa y Ocho Metros Cuadrados Con Cuarenta y Ocho Centímetros (98,48.mts2) , constante de una (0!) Sala Comedor – Cocina , Un (1) Cuarto Un (1) , baño y Un (1) un (1) local Comercial ,Techo de Zin paredes de bloques, piso de cemento ,circunscripta dentro de los siguientes linderos ; NORTE: Con Casa y solar que es o fue propiedad de la Ciudadana Linger Maluenga midiendo Dieciocho Metros con Cincuenta y Cinco Centímetros (18,55mts) SUR: Con Casa solar que es o propiedad del Ciudadanos Egnis Mavares, midiendo Dieciocho Metros con Veinte Centímetros (18,20 Mts ) ,. ESTE: Con Calle Andrés Eloy Blanco , que es su frente midiendo Nueve Metros con Setenta Centímetros( (9.70Mts),: y OESTE: Con Zona Industrial de El Tigre midiendo Nueve Metros con Setenta Centímetros (9,70mts) , dando una superficie total de CIENTO SETENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y OCHO CENTIMETROS (179,98 Mts2). Entréguese originales de las presentes actuaciones a las partes interesadas, y tantas copias certificadas como requieran, dejándose copia certificada de la misma en el archivo de este Tribunal. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman. Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en la sala de audiencias del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, El Tigre a los dieciocho (18) días del mes de Octubre del año 2013.-
La Jueza Provisoria;

Abog. Milagros RODRIGUEZ
La Secretaria Acc Titular;

Abog. Dayarit GUERRA.