REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui extensión El Tigre
El Tigre, veintiuno de octubre de dos mil trece
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-J-2013-001429
ASUNTO: BP12-J-2013-001429
SENTENCIA DEFINITIVA
SOLICITANTE: ZULAY DIMAILY HERRERA BREINDEMBACH, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro V-10.283.568.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
ADOLESCENTE: …..
Visto que en la oportunidad para que tenga lugar la Audiencia a la que se contrae el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, con ocasión presentada por la ciudadana YEMDY DEL CARMEN ALCALA SOTILLO, en su Carácter de Defensora Publica Suplente Primera de Protección de Niños, Niñas y adolescentes actuando en representación de los niños …., a solicitud de la ciudadana ZULAY DIMAILY HERRERA BREINDEMBACH, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro V-10.283.568, en el cual solicita que se le declare TITULO SUPLETORIO. Anunciado dicho acto a las puertas del circuito judicial de protección, por el alguacil JUAN CARLOS MORILLO SUCRE, habiéndose constatado la presencia de la solicitante ciudadana ZULAY DIMAILY HERRERA BREINDEMBACH, la ciudadana YEMDY DEL CARMEN ALCALA SOTILLO, en su Carácter de Defensora Publica Suplente Primera de Protección de Niños, Niñas y adolescentes actuando en representación de los niños ….. y de los testigos aportados por la solicitante. Se constituyen en el Despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, sede El Tigre, esta Juzgadora junto a las partes intervinientes en el presente asunto. Seguidamente se procede a tomar el Juramento de Ley a los testigos aportados por la solicitante, haciéndoseles las consideraciones respectivas, luego de lo cual se da inicio al interrogatorio respecto a la ciudadana YENECE DEL CARMEN CASTILLO CAST ILLO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.817.108, mayor de edad, venezolana, y domiciliada en la Calle Vista Hermosa Las Delicia Casa Nro 2-A_, El Tigre, del Estado Anzoátegui, haciéndole las siguientes preguntas: Primero: Conoce suficientemente de vista trato y comunicación a la ciudadana ZULAY DIMAILY HERRERA BREINDEMBACH? Respondió: Si, los conozco de vista trato y comunicación desde hace muchos años. Segundo: Sabe y le consta que desde hace mas de dos años la ciudadana ZULAY DIMAILY HERRERA BREINDEMBACH ha ocupado la parcela de terreno municipal y las antes descritas bienechurias, las ha venido fomentando con dinero de su propio peculio, pagado los materiales y la mano de obra en ella invertida que es a favor de sus hijos ….? Respondió: si me consta que desde hace mas de dos años la ciudadana ZULAY DIMAILY HERRERA BREINDEMBACH ha ocupado la parcela de terreno municipal y las antes descritas bienechurias, las ha venido fomentando con dinero de su propio peculio y la mano de obra en ella invertida que es a favor de sus hijos . TERCERO: Sabe y le consta que en la descrita bienechuria la ciudadana ZULAY DIMAILY HERRERA BREINDEMBACH ha invertido un total de cuarenta mil bolívares. (40.000Bs). Respondió: Si, me consta que aproximadamente han gastado ese monto en la construcción de la casa. Cuarto: Si sabe y le consta que la descrita bienechurias este ubicada y comprendida dentro de las medidas y linderos indicado en la solicitud Respondió: Si me consta que las bienechurias midan las medidas indicadas en la solicitud. Seguidamente se le toma el juramento a la ciudadano ANIBAL JOSE ARISMENDI TOVAR , venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12..016.076, Domiciliado en las Delicias Calle Nro.2 Bella Vista Casa Nro 9 El Tigre, Estado Anzoátegui, haciéndole las preguntas siguientes: Primero: Conoce suficientemente de vista trato y comunicación a la ciudadana ZULAY DIMAILY HERRERA BREINDEMBACH? Respondió: Si, los conozco de vista trato y comunicación desde hace muchos años. Segundo: Sabe y le consta que desde hace mas de dos años la ciudadana ZULAY DIMAILY HERRERA BREINDEMBACH ha ocupado la parcela de terreno municipal y las antes descritas bienechurias, las ha venido fomentando con dinero de su propio peculio, pagado los materiales y la mano de obra en ella invertida que es a favor de sus hijos ….? Respondió: si me consta que desde hace mas de dos años la ciudadana ZULAY DIMAILY HERRERA BREINDEMBACH ha ocupado la parcela de terreno municipal y las antes descritas bienechurias, las ha venido fomentando con dinero de su propio peculio y la mano de obra en ella invertida que es a favor de sus hijos . TERCERO: Sabe y le consta que en la descrita bienechuria la ciudadana ZULAY DIMAILY HERRERA BREINDEMBACH ha invertido un total de cuarenta mil bolívares (Bs. 40.000) Respondió: Si, me consta que aproximadamente han gastado ese monto en la construcción de la casa. Cuarto: Si sabe y le consta que la descrita bienechurias este ubicada y comprendida dentro de las medidas y linderos indicados en la solicitud .Respondió: Si me consta que las bienechurias midan las medidas indicadas en la solicitud. Concluida la evacuación de las pruebas, y la revisión de las documentales, esta Jueza de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, ACUERDA: Declarar Con Lugar la Solicitud de JUSTIFICATIVO DE TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana YEMDY DEL CARMEN ALCALA SOTILLO, en su Carácter de Defensora Publica Suplente Primera de Protección de Niños, Niñas y adolescentes actuando en representación de los niños ….., a solicitud de la ciudadana ZULAY DIMAILY HERRERA BREINDEMBACH, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro V-10.283.568, sobre unas vivienda enclavada en una parcela de terreno Municipal cuyos linderos son los siguientes NORTE: Con callejón las flores midiendo 20Mts2. SUR: Con calle Las Flores midiendo 20Mts2. ESTE: Con casa que fue o es de Merkis Luces midiendo 18Mts2. OESTE: Con calle Los Olivos midiendo 18 Mts2. Entréguese originales de las presentes actuaciones a las partes interesadas, y tantas copias certificadas como requieran, dejándose copia certificada de la misma en el archivo de este Tribunal. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman. Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en la sala de audiencias del Tribunal Primero de Primera Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, El Tigre a los veintiuno (21) días del mes de Octubre del año 2013.-
La Jueza Provisoria;

Abog. Milagros Rodríguez Trillo
La Secretaria;

Abog. Dayarit Guerra Romero.