REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
Tribunal de Violencia contra la Mujer en Función de Control, Audiencia y Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui- Barcelona
Barcelona, 18 de Septiembre de 2013
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2012-004346
ASUNTO : BP01-S-2012-004346
AUTO DE APERTURA DE JUICIO
Vista la acusación presentada por la Fiscalía Décima Veinticuatro del Ministerio Público del Estado Anzoátegui, a cargo de las DRA. CARLA DUARTE en contra del acusado MILLER JOSE FRONTADO, por la comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la Ciudadana N. J. C. F (Identidad Omitida), este Tribunal a los fines de decidir observa:
LOS HECHOS IMPUTADOS SON LOS SIGUIENTES:
Siendo aproximadamente las 11:30horas de la mañana del día 23 de diciembre de 2012, comparece de manera espontánea ante el Cuerpo De Investigaciones Científicas Penales Y Criminalísticas Sub. Delegación puerto la cruz la ciudadana N. J. C. F (Identidad Omitida) de 44 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº 20.294.465, a los fines de formular la denuncia en contra de su sobrino el ciudadano MILLER JOSE FRONTADO, que el día jueves 20 de diciembre de 2012 le paso la mano y el pene por la parte de afuera de la vagina a su hija J. M. M. C. (identidad omitida) de nueve años de edad…
…su primo Miller José Frontado le quita el pantalón y la bluma y le mete el dedo en la totona y un día que la víctima estaba orinando el ciudadano se bajo el pantalón y le pasaba su miembro entre las piernas por la vagina amenazándola que le iba a pegar si decía algo…
Acta de entrevista de fecha 23 de Diciembre de 2012 rendida ante el Cuerpo De Investigaciones Científicas Penales Y Criminalísticas Sub. Delegación Puerto la Cruz por la niña J. M. M. C. (identidad omitida) de nueve años de edad…me quita el pantalón y la bluma y me mete el dedo en la totona y un día que yo estaba orinando el se bajo el pantalón y me pasaba algo duro que el tenia entre las piernas por mi totona, también me dice que no dijera a nadie porque sino me va a pegar…
En consecuencia este Tribunal Primero de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, decreta de conformidad con lo establecido en el articulo 104 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia resuelve:
PRIMERO: Se admite totalmente la acusación interpuesta por la Vindicta Pública, en contra del ciudadano MILLER JOSE FRONTADO, que fueron narrados por la Vindicta Pública en esta audiencia, por considerar que la conducta desplegada por el acusado encuadra dentro de los verbos rectores a que hace referencia el tipo penal señalado en articulo 43 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, referido al delito de VIOLENCIA SEXUAL, por cuanto se observa que el mismo cumple a cabalidad con todos y cada uno de los requisitos a que hace referencia el articulo 308 del código orgánico procesal penal. Por lo que en consecuencia se desestima la solicitud de la defensa de confianza en cuanto a la desestimación de la acusación.
SEGUNDO: Se admiten totalmente las pruebas ofertadas por el Ministerio Público; de conformidad con lo establecido en el artículo 313 numeral 9° del Código Orgánico Procesal Penal. PRUEBAS TESTIMONIALES EN CALIDAD DE EXPERTOS: 1) DRA. NELLY BUSTAMANTE, medico forense, jefe del departamento de ciencias forenses del Estado Anzoátegui. Por ser licitas, pertinentes y necesarias 2) funcionarios YOED GONZALEZ Y LUIS RODRIGUEZ Adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas sub. Delegación Puerto la Cruz. Por ser licitas, pertinentes y necesarias 3) Experto psicólogo Adscrito al Equipo Interdisciplinario de los tribunales de violencia. Por ser licitas, pertinentes y necesarias 4) Detective Zenaida Galíndez y Agente Edgar Rodríguez , Adscritos al Laboratorio Biológico del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Por ser licitas, pertinentes y necesarias PREUBAS TESTIMONIALES EN CALIDAD DE TESTIGOS: 1) DECLARACION DE LA ADOLESCENTE J.M.M.C (IDENTIDAD OMITIDA), por ser licitas, pertinentes y necesarias 2) DECLARACION DE LA CIUDADANA N.J.C.F, de 44 años de edad, cedula de identidad Nº 10.294.465, quien aparece como victima indirecta. Por ser licitas, pertinentes y necesarias 3) DECLARACION DE LA CIUDADANA J.A.P.C, de 20 años de edad, quien es testigo referencial. Por ser licitas, pertinentes y necesarias. PRUEBAS DOCUMENTALES: 1) INSPECCION Nº 2791, de fecha 23 de diciembre de 2012, realizada por los funcionarios Agente YOED GONZALE Y LUIS RODRIGUEZ, en el sector Chuparin Arriba, calle principal II, casa Nº 27, puerto la cruz, por ser licitas, pertinentes y necesarias 2) INSPECCION Nº 2793, de fecha 23 de diciembre de 2012, realizada por los funcionarios Agente YOED GONZALE Y LUIS RODRIGUEZ, en la Av. 5 de julio casco central (vía Publica) Puerto la cruz por ser licitas, pertinentes y necesarias. 3) RECONOCIMIENTO MEDICO LEGAL Nº 140.09.2029-12, practicada por la Dra. NELLY BUSTAMANTE. En fecha 23 de Diciembre de 2012. Por ser licitas, pertinentes y necesarias 4) EVALUACION PSICOLOGICA, realizada por la experta adscrita al Equipo Interdisciplinario de los tribunales de violencia, por ser licitas, pertinentes y necesarias, asimismo se admite la EXPERTICIA BIOLÓGICA realizada y en cuanto a los testigos ofertados por la defensa los cuales se describen a continuación: Jacinta Altamira Cedeño, titular de la cedula de identidad N° 8.302.461, y la ciudadana Doris Eliana Frontado titular de la cedula de identidad N° 8.309.916 de igual manera se admiten por ser licitas pertinentes y necesarias. En este estado, admitida la acusación y las pruebas el tribunal se dirige nuevamente al imputado a los fines de imponerlo de las medidas alternativas a la prosecución del proceso, que para el caso en especifico, seria la establecida el articulo 104 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el articulo 357 del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del articulo 64 de la Ley especial que rige la materia. El Tribunal se dirige nuevamente al imputado MILLER JOSE FRONTADO y expone: ““NO ADMITO LOS HECHOS”. Es todo.” TERCERO: Se ordena APERTURAR A JUICIO ORAL Y PUBLICO, la causa seguida al acusado MILLER JOSE FRONTADO, por la comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL, previstos y sancionados en el artículo 43 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia, en perjuicio de la Adolescente J.M.M.C (IDENTIDAD OMITIDA). CUARTO: Se Mantienen las Medidas de Protección y Seguridad y se mantiene la Medida Privativa de Libertad. Se ordena la expedición de copias simples de la presente acta a la Fiscal 23º del Ministerio Público y a la Defensa de confianza. Se ordena a Secretaría remitir las actuaciones al Tribunal de Juicio respectivo en el lapso legal correspondiente. Así mismo se insta a las partes a concurrir al Tribunal de Juicio correspondiente dentro de los cinco (05) días siguientes a la celebración de esta audiencia. Se deja expresa constancia que se utilizan los artículos del Código Orgánico Procesal Penal, conforme a lo dispuesto en el articulo 64 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libres de Violencia, que se refieren a la supletoriedad y complementariedad de normas y son usados por remisión expresa del mismo. Se deja constancia que la presente Audiencia Preliminar se dio Cumplimiento a los Principios Generales del Proceso contenidos en el Código Orgánico Procesal Penal, referidos a la Oralidad, Concentración e Inmediación. Asimismo Quedan las partes debidamente notificadas de la presente decisión dictada. Se declara Terminada la presente Audiencia, a las Once y Cuarenta y tres (11:43.) de la Mañana. Terminó. Se leyó y conformes firman. Cúmplase EL JUEZ DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS Nº 01,
DR. FABRICIO LOPEZ
LA SECRETARIA DE SALA,
ABOG. ESPERANZA TORRES