SENTENCIA INTERLOCUTORIA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del Edo. Anzoátegui

Barcelona, 03 de abril de 2014
ASUNTO: BP02-S-2013-000560
En horas de despacho del día de hoy, 03 de Abril de 2014, siendo las 9:50a.m., comparecen por ante este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simon Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui los ciudadanos: ROSANI AURENISE MARTINEZ COA y FRAY REINALDO CARVAJAL MAICAN, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad números V-17.733.490 y V-16.853.754, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio Jairo José Jabram, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 204.641; quienes manifestaron al Tribunal su voluntad de separarse legalmente de Cuerpos, de conformidad con las previsiones del Código Civil.- La ciudadana Juez Provisorio los exhorto a la reconciliación, haciéndoles las reflexiones de Ley, en cuanto a la estabilidad del vinculo matrimonial, la familia y los efectos que conllevan la separación, sin embargo los expresados ciudadanos manifestaron a la Juez no estar dispuesto a ello e insistieron en su solicitud de separación de cuerpos.- Con vista de lo antes expuesto, el Tribunal declara formalmente la separación legal de Cuerpos y de bienes de los ciudadanos: ROSANI AURENISE MARTINEZ COA y FRAY REINALDO CARVAJAL MAICAN. Así se decide, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela.-
En consecuencia expídase por Secretaría copia certificada de la solicitud y del presente auto.
La Juez Provisorio,
Abg. María Eugenia Pérez
Los solicitantes
y su abogado asistente
La Secretaria
Abg. Carmen Calma