REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui - Barcelona
Barcelona, treinta de abril de dos mil catorce
204º y 155º
ASUNTO: BH06-X-2003-000212

SENTENCIA INTERLOCUTORIA.

La Suscrita Juez Provisorio de este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, Abg. AMERICA FERMIN, se ABOCA al conocimiento de la presente causa, a los fines de la prosecución de la misma. Vistos los escritos presentados por los ciudadanos KARLA NAZARETH, VIOLETA NAZARETH y CARLOS JESUS NARVAEZ TRONCOSO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-24.226.652, V-24.226.651 y V-24.226.647, respectivamente, debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio PEDRO JOSE ACERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 60.239, de fechas 14-04-14 y 28-04-14, respectivamente, en consecuencia este Tribunal Primero de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, acuerda agregarlos a los autos respectivos a los fines de que surta los efectos legales consiguientes, y visto el pedimento realizado por los solicitantes y por cuanto no es contrario a las Leyes y a ninguna de las disposiciones legales, en consecuencia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley, acuerda: Autoriza al ciudadano CARLOS JESUS NARVAEZ TRONCOSO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-24.226.647, quien actúa en nombre de sus hermanas, las ciudadanas KARLA NAZARETH y VIOLETA NAZARETH NARVAEZ TRONCOSO, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-24.226.652 y V-24.226.651, respectivamente a retirar de la Cuenta de Ahorros 0003-0051-94-0100393436, del Banco Industrial del Venezuela, la TOTALIDAD del monto en Cheque de Gerencia incluyendo sus intereses, a nombre del ciudadano CARLOS JESUS NARVAEZ TRONCOSO. Así mismo se ordena oficiar a la Entidad Bancaria Banco Industrial de Venezuela, para que se le de estricto cumplimiento a lo aquí ordenado y cumplidas las formalidades exigidas por la Ley. Igualmente ACUERDA CANCELAR, la mencionada Cuenta de ahorros, por cuanto la misma quedara con un activo de Cero (0) bolívares fuertes. Líbrese oficio al Jefe de Personal del Departamento de Recursos Humanos del HOSPITAL ROSARIO VERA ZURITA, ubicado en la Calle Ikabarú, Vía La Línea en Santa Elena de Uairen, Jurisdicción del Municipio Gran Sabana del Estado Bolívar, a los fines de informarle el número de la Cuenta de Ahorros Nº 011500-6255400-3330965, a nombre del ciudadano CARLOS JESUS NARVAEZ TROCOSO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-24.226.647, del Banco Exterior, con objeto de que realicen los depósitos respectivos con relación a la demanda por Revisión de la Obligación de Manutención, en beneficio de los jóvenes adultos, ciudadanos KARLA NAZARETH, VIOLETA NAZARETH y CARLOS JESUS NARVAEZ TRONCOSO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-24.226.652, V-24.226.651 y V-24.226.647, respectivamente, que le son descontadas del sueldo del ciudadano CARLOS DARIO NARVAEZ ARGUELLES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.138.521. Se ordena el cierre del presente Expediente y su remisión al Archivo Judicial. Cúmplase.-
LA JUEZ PROVISORIO.
Abg. AMERICA FERMIN.
LA SECRETARIA ACC.
Abg. PATRICIA MEJIA.
En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en el. Conste.-
LA SECRETARIA ACC.

Abg. PATRICIA MEJIA.

AF/LETICIA C.-