REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del Edo. Anzoátegui
Barcelona, ocho de abril de dos mil catorce
203º y 155º

ASUNTO: BP02-S-2014-000104

SENTENCIA


Vista la diligencia e fecha 17 de marzo de 2.014, presentada por el Abogado HUMBERTO ALMENAR PARICA, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 132.523, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano GEORGE FAKKAS KHAMISO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.669.971, donde Desiste de la solicitud de Consignación de Canon de Arrendamiento, a favor de los ciudadanos: MICHEL KADABACHI JALLEGIEZ y FELLE FIRYAL MASRIE DE KADABACHI, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 8.272.875 y 8.285.503. Este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicho Desistimiento en los términos y condiciones en que fue suscrito por ellos de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.- En consecuencia, da por terminado la presente solicitud y ordena el archivo del expediente.-
El Juez Suplente Especial,

Abg. José Jesús Ramírez García.-
El Secretario,

Abg. Oswaldo José Fernández Sierra.-

En esta misma fecha siendo las once y diecisiete de la mañana (11:17 a.m), se dicto y publico la anterior Sentencia. Conste.-


El Secretario,
JJRG/francis