REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, trece de agosto de dos mil catorce
204º y 155º
ASUNTO: BP02-R-2011-000574
Vista la diligencia de fecha 02 de julio del 2014, cursante al folio 42 de la tercera pieza del presente asunto, presentada por el abogado Ángel Ramírez Lira, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil Inversiones La Meta 2.045, C.A., parte demandada en el presente proceso, mediante la cual entre otras cosas, desiste de la apelación formulada en fecha 29 de septiembre del año 2011, en consecuencia, el Tribunal, acuerda de conformidad con lo solicitado y HOMOLOGA el desistimiento suscrito por el referido apoderado judicial de la parte demandada en los mismos términos y condiciones en que fue suscrito y conforme a la Ley.-
EL JUEZ PROV.,
ABG. JESÚS SALVADOR GUTIERREZ DÍAZ.
LA SECRETARIA,
ABG. MIRLA MATA ROJAS.
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