REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
El Tigre, seis de agosto de dos mil catorce
204º y 155º
SJT/LHG/MM
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-L-2013-000276
ASUNTO: BP12-L-2013-000276
PARTE ACTORA: NESTOR ALFONZO MEDINA HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-4.509.921.
COAPODERADAS PARTE DEMANDANTE: Abogadas IRMA MORAO ROMERO y EDDY NURICELA ALVIAREZ, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo los N° 85.204 y 85.207 en su orden.
PARTE DEMANDADA ZARAMELLA & PAVAN CONSTRUCTION COMPANY, S.A. (Z & P).
COAPODERADOS PARTE DEMANDADA: Abogadas YACARY JOSEFINA GUZMAN LOZADA, GERARDO ANTONIO SOTO DIAZ, YARISMA LOZADA, SAYURI RODRIGUEZ QUILARQUE y CARMEN LOZADA, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo los N°:71.447, 72.731, 29.610, 86.704 y 86.984 en su orden.
ASUNTO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS CONCEPTOS LABORALES.-

ACTA ORAL DE JUICIO
En horas de despacho del día de hoy, miércoles (06) de agosto de dos mil catorce (2.014), siendo las 9:00 am., estando en la Sala de Audiencias de los Tribunales Laborales No. 02, oportunidad fijada por el Tribunal por auto de fecha 18 de junio de 2014 (folio 139) pieza 2 del expediente; para que tenga lugar la Audiencia Oral de juicio. Se da inicio al presente acto, presidido por la ciudadana Juez Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Abogada LISBETH HARRIS GARCÍA, con la presencia de la ciudadana Secretaria Accidental, Abogada MARY CORDOVA MEDINA, así como del Alguacil de este Circuito Laboral, ciudadano ALEXANDER GONZALEZ. Acto seguido el Tribunal informa que la presente audiencia será reproducida en forma audiovisual de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 162 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Posteriormente la Ciudadana Juez ordena a la Secretaria informar el motivo de la presente Audiencia y dejar constancia de la presencia de las partes. Seguidamente la Secretaria informa el motivo de la presente audiencia de juicio y deja constancia que se encuentra presente la parte demandada entidad de trabajo empresa ZARAMELLA & PAVAN CONSTRUCTIONS COMPANY, S.A. (Z & P), a través de su Apoderada Judicial abogada YARISMA LOZADA DE GUZMAN, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo el N° 29.610. De igual manera se deja constancia de la INCOMPARECENCIA de la parte demandante ciudadano NESTOR ALFONZO MEDINA HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.509.92; quien no compareció al presente acto ni por si ni a través de apoderado judicial alguno. En este sentido, vista la incomparecencia de la parte demandante a la presente audiencia oral de juicio, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de conformidad con la Sentencia N° 1184, de fecha 22 de septiembre de 2009, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO. Todo conforme a lo establecido en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. A partir del día hábil siguiente a la publicación de la resolución, se inicia el lapso de apelación de CINCO (5) DÍAS HÁBILES SIGUIENTES. Se deja constancia que en la presente audiencia de juicio se ha dado cumplimiento a los Principios Generales del Proceso como son la Oralidad, Publicidad, Inmediación, Concentración y Contradicción, previstos en los Artículos 2, 3 y 4 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Siendo las 09 y 15 minutos de la mañana, el Tribunal se retira exhortando a la parte demandada a comparecer por ante la Sala de Despacho del Tribunal, a los fines de suscribir la presente acta. Se da por concluida la presente Audiencia de Juicio. Cúmplase.-
LA JUEZ PROVISORIA,

ABG. LISBETH HARRIS GARCÍA
LA SECRETARIA ACCIDENTAL


ABG. MARY CORDOVA MEDINA