REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental
Barcelona, doce de diciembre de dos mil catorce
204º y 155º
ASUNTO: BP02-U-2014-000092
PARTES:
DEMANDANTE: “SERVINTSA COMERCIAL, S.A.,”
DEMANDADO Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Nor-Oriental del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).
Motivo: RECURSO CONTENCIOSO TRIBUTARIO.
Visto el Recurso Contencioso Tributario, recibido por la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) Civil, en fecha 18/07/2014, interpuesto el ciudadano AARON ALBERTO ROMERO MALDONADO, Venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad Nro: V- 10.678.175, actuando en su carácter de Presidente de la contribuyente, “SERVINTSA COMERCIAL, S.A.,” debidamente inscrita en el Registro de Información Fiscal (R.I.F) bajo el N° J-31356785-0, e inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en fecha 15/06/2005, bajo el N° 57, tomo A-20, refundiendo sus estatutos sociales mediante acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionista registrada en el Registro antes mencionado, en fecha 07/10/2013, bajo el N° 33, tomo 54-A, domiciliada en la Avenida Final José Antonio Anzoátegui, Edificio Andinas Piso 1, PB-1, Sector Crucero de los Muertos Anaco, Estado Anzoátegui, debidamente asistido en este acto por el Abogado ASDRÚBAL JOSÉ BASTIDAS ZAMORA, Venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° 16.252.876, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 125.004, contra la Resolución SNAT/INTI/GRTI/RNO/DR/CCP/2014-004, de fecha 26 de Mayo de 2014, la cual ordena a la contribuyente antes mencionada a cancelar las siguientes cantidades:
Ejercicio Concepto Impuesto no pagado Multa 10% Intereses Moratorios
01/01/2013 al 31/12/22013 Impuesto Sobre la Renta por pagar (Bs.f) 1.351.949,26 160.465,01 46.832,28
Dictada por la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Nor-Oriental del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria del (SENIAT). Este Tribunal Superior observa que se encuentran llenos los requisitos establecidos en el Código Orgánico Tributario vigente, en sus artículos 259, 260, 261, 262, y 266; a saber: Se trata de un acto administrativo de efectos particulares, recurrible en la vía Jurisdiccional, impugnado por ante la autoridad competente, dentro del lapso Legal, mediante escrito en el cual se funda y consta la cualidad e interés de la recurrente; así como también queda demostrada la legitimidad de la persona que se presenta como representante de la recurrente; por tanto este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y de conformidad con los Artículos 26, 49 y 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela ADMITE el presente Recurso Contencioso Tributario, recibido por la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) Civil, en fecha 18/07/2014, interpuesto el ciudadano AARON ALBERTO ROMERO MALDONADO, Venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad Nro: V- 10.678.175, actuando en su carácter de Presidente de la contribuyente, “SERVINTSA COMERCIAL, S.A.,” debidamente inscrita en el Registro de Información Fiscal (R.I.F) bajo el N° J-31356785-0, e inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en fecha 15/06/2005, bajo el N° 57, tomo A-20, refundiendo sus estatutos sociales mediante acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionista registrada en el Registro antes mencionado, en fecha 07/10/2013, bajo el N° 33, tomo 54-A, domiciliada en la Avenida Final José Antonio Anzoátegui, Edificio Andinas Piso 1, PB-1, Sector Crucero de los Muertos Anaco, Estado Anzoátegui, debidamente asistido en este acto por el Abogado ASDRÚBAL JOSÉ BASTIDAS ZAMORA, Venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° 16.252.876, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 125.004, contra la Resolución SNAT/INTI/GRTI/RNO/DR/CCP/2014-004, de fecha 26 de Mayo de 2014, la cual ordena a la contribuyente antes mencionada a cancelar las siguientes cantidades:
Ejercicio Concepto Impuesto no pagado Multa 10% Intereses Moratorios
01/01/2013 al 31/12/22013 Impuesto Sobre la Renta por pagar (Bs.f) 1.351.949,26 160.465,01 46.832,28
Dictada por la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Nor-Oriental del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria del (SENIAT); Notifíquese a la Procuraduría General de la República Bolivariana de Venezuela del contenido de la presente decisión, de conformidad con lo establecido en el Artículo 86 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República Bolivariana de Venezuela. Haciéndole saber a las partes, que una vez consignada la referida Boleta de Notificación, y transcurrido el lapso previsto en la norma antes señalada, se abrirá el lapso probatorio de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 268 y siguiente del Código Orgánico Tributario. Líbrese Boleta. Cúmplase.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el archivo de este Tribunal Superior.
Dado firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de le Región Oriental. Barcelona, a los doce (12) días del mes de Diciembre del año 2014. Años 204° de la Independencia y 155º de la Federación.
EL JUEZ PROVISORIO,
DR. PEDRO DAVID RAMIREZ PEREZ.
EL SECRETARIO, ACC.
ABG: EMILIO HUELGA.
Nota: En esta misma fecha (12/12/2014) siendo las 10:20 a.m se dictó y publicó la anterior decisión previa las formalidades de Ley. Conste.
EL SECRETARIO, ACC.
ABG: EMILIO HUELGA.
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