REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, quince de diciembre de dos mil catorce
204º y 155º
ASUNTO: BP02-V-2013-001061
Vista la diligencia de fecha 09 de Diciembre de 2014, suscrita por el ciudadano GABRIEL JOSE BALIAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 9.938.108, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio ARMANDO NOYA inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 28.092, mediante la cual Desiste del Procedimiento en el juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OPCION DE COMPRA, en contra de la CONSTRUCTORA ARDENTIA, C.A; y solicita la devolución del original del Documento de Opción de Compra Venta, cursante a los folios 09 y 10 a excepción del folio 11, el cual fue consignado en copia simple, original del Poder, cursante a los folios 17 al 19 y copia simple del Documento consignado en fecha 23 de Octubre de 2013, cursante a los folios del 28 al 30 del presente expediente, éste Tribunal, HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO, en los mismos términos y condiciones expresados en dicha diligencia, conforme a lo dispuesto en el Artículo 265 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, se acuerda la devolución de los documentos antes señalados, previa certificación en autos, de igual manera las copias simples de los documentos, antes señalados. Se da por terminado el presente causa y se ordena el archivo del expediente. Así se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.
El Juez Temporal,
La Secretaria,
Abog. Alfredo José Peña Ramos
Abog. Judith M. Moreno Sabino
AP/yh.-
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