REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, diez de diciembre de dos mil catorce
204º y 155º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-V-2010-000070
ASUNTO: BP12-V-2010-000070
AUTO INTERLOCUTORIO: HOMOLOGACIÓN DE DESISTIMIENTO DE PRUEBAS
Vista la diligencia que antecede de fecha 08 de diciembre del año 2014, suscrita por el Abogado JOSE MIGUEL GONZALEZ GUILLEN, inscrito en el Inpreabogado bajo le Nro.91.825, en su carácter de autos, mediante la cual desiste de mis pruebas de informe de los siguientes oficios: 1) Nº 0406-2013 de fecha 03/12/2013, ratificado bajo el Nº 0244-2014, en fecha 09/07/2014, dirigido al Jefe de Departamento Local de Desarrollo del Ministerio de Desarrollo Urbano, ciudad Barcelona, y 2) 0404-2013, de fecha 03/12/2013, dirigido al MINFRA, ciudad El Tigre, Municipio Simón Rodríguez.- En consecuencia, por cuanto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, éste Tribunal en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su APROBACION, en los mismos términos y condiciones establecidos por las partes.- Así se decide.-
La Jueza,
Dra. LUZ ZORAYA ARREAZA
La Secretaria,
Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA
LZA/mn.-