REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental.
Barcelona, veintitrés de enero de dos mil catorce
203º y 154º

ASUNTO: BP02-N-2014-000004

Vista la demanda que inmediatamente precede y revisados todos los recaudos, se ADMITE la misma cuanto ha lugar en derecho. Se acuerda de conformidad con el artículo 99 de la Ley de Estatuto de la Función Pública, emplazar al ciudadano Presidente del Consejo Municipal del Municipio Autónomo Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui, a los fines de que comparezca ante este Tribunal, a dar contestación a la demanda intentada por la abogada Yajaira Seijas de Jaen, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 15.155, en su carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil Inmobiliaria Morbenca, C.A., dentro de los quince (15) días de despacho siguientes, contados a partir de que conste en autos las resultas de la citación aquí dispuesta, mas un (1) día que se le concede como termino de la distancia. Asimismo, se ordena notificarle de dicha admisión al ciudadano Sindico Procurador Municipal del mismo Municipio y solicítense a través de su persona el expediente administrativo relacionado con la presente causa, para que lo envíe dentro de los dos (2) días de despacho siguientes a su notificación. Compúlsese por Secretaría copia certificada de la demanda y sus anexos, a los fines del emplazamiento y notificación respectivos.

La Juez,

Dra. Mirna Mas y Rubí Spósito.
El Secretario,

Abog. Javier Arias León.
s.v.