REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental.
Barcelona, veintinueve de enero de dos mil catorce
203º y 154º

ASUNTO: BP02-N-2014-000011

Vista la demanda que inmediatamente precede y revisados todos los recaudos, se ADMITE la misma cuanto ha lugar en derecho. Se acuerda de conformidad con el artículo 99 de la Ley de Estatuto de la Función Pública, emplazar al ciudadano Director Presidente del Instituto Autónomo Policía del Municipio Guanta del Estado Anzoátegui, a los fines de que comparezca ante este Tribunal, a dar contestación a la demanda intentada por el ciudadano: HERNÁN JOSÉ YÁNEZ, titular de la cédula de identidad Nº 8.754.399, representada por el Abogado Reimundo Mejias, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 116.029, dentro de los quince (15) días de despacho siguientes, contados a partir de que conste en autos las resultas de la citación aquí dispuesta. Igualmente, se ordena solicitarle el expediente administrativo relacionado con la presente causa, para que lo envíe dentro de los dos (2) días de despacho siguientes a dicha solicitud. Notifíquese de la admisión de la demanda, al Síndico Procurador Municipal del Municipio Guanta del Estado Anzoátegui. Certifíquense por Secretaría copias fotostáticas del libelo de la demanda, sus anexos y del presente auto, para el emplazamiento.
La Juez,

Dra. Mirna Mas y Rubí Spósito.
El Secretario,

Abog. Javier Arias León.





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