REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, treinta de enero de dos mil catorce
203º y 154º

ASUNTO: BP02-V-2011-000997


Visto el contenido de la diligencia de fecha 29 de enero de 2014, presentada por la ciudadana Beira Josefina Iguaro Echenagucia, titular de la cédula de identidad Nº V.- 3.958.183, con el carácter de autos, asistida por el abogado en ejercicio, ciudadano William José Pérez, inscrito en el IPSA bajo el Nº 94.719; mediante la cual desiste del presente procedimiento, contra el ciudadano Juan José Iguaro Echenagucia, titular de la cédula de identidad Nº V.- 8.214.259; en consecuencia, este Tribunal Homologa el referido desistimiento de conformidad con lo establecido en los artículos 265 y 266 del Código de Procedimiento Civil; hecho por la parte actora en los mismos términos y condiciones en que fue suscrito y conforme a la Ley.- Devuélvanse originales de documentos consignados junto con el escrito libelar, previa certificación en autos. Se de por terminada la presente causa y se ordena el archivo de la misma.-

El Juez Provisorio,
La Secretaria

Abg. Emilio Arturo Mata Quijada
Abg. Marieugelys García Capella