REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veintisiete de enero de dos mil catorce
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-M-2013-000056

Visto el escrito presentado en fecha 20 de enero de 2014, contentivo de la Transacción Judicial celebrada por el ciudadano: DANIEL JOSE HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.064.287 y domiciliado en la ciudad de Anaco, Municipio Anaco del Estado Anzoátegui, asistido por el abogado FERNANDO ALI RAMIREZ GUZMAN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 76.884; y la empresa SUMINISTROS CERMEÑO, C.A. inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 20 de septiembre de 2006, bajo el Nº 35, Tomo A-79, con posterior reforma el 16 de diciembre de 1999, anotada bajo el Nº 16-90, representada por el ciudadano: JULIO CESAR CERMEÑO PERICANO, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad Nº 4.339.377, éste Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1713 y siguientes del Código Civil, en concordancia con lo preceptuado en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto la transacción celebrada entre las partes en el referido escrito no es contraria a derecho, HOMOLOGA la misma, en la mismos términos y condiciones expresadas, ordenándose en consecuencia proceder como en Sentencia pasada, en Autoridad de cosa juzgada, conforme a lo dispuesto en el Artículo 255 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena expedir por secretaría dos juegos de copias certificadas del escrito de Transacción y del presente auto de Homologación, ello de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.-
EL JUEZ TITULAR,


Dr. HENRY JOSE AGOBIAN VIETTRI


LA SECRETARIA,


LAURA PARDO DE VELASQUEZ