SENTENCIA INTERLOCUTORIA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo del Municipio Simon Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, treinta de enero de dos mil catorce
203º y 154º
ASUNTO: BP02-S-2012-002441

En horas de despacho del día de hoy, 30 de enero de 2014, siendo las 10:10 am., comparecen por ante este Juzgado Segundo del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, los ciudadanos: MIGUEL EDUARDO BALADY GUTIERREZ y MILDRED JOSEFINA MAESTRE ALVAREZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédula de identidad Nros 8.232.786 y 8.224.247, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada en ejercicio ALBA ROSA JOVER BALADY, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 147.726; quienes manifestaron al Tribunal su voluntad de separarse legalmente de Cuerpos, de conformidad con las previsiones del Código Civil.- La ciudadana Juez Provisorio los exhorto a la reconciliación, haciéndoles las reflexiones de Ley, en cuanto a la estabilidad del vinculo matrimonial, la familia y los efectos que conllevan la separación, sin embargo los expresados ciudadanos manifestaron a la Juez no estar dispuesto a ello e insistieron en su solicitud de separación de cuerpos.- Con vista de lo antes expuesto, el Tribunal declara formalmente la separación legal de Cuerpos y de bienes de los ciudadanos: MIGUEL EDUARDO BALADY GUTIERREZ y MILDRED JOSEFINA MAESTRE ALVAREZ. Así se decide. Administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley.
LA JUEZ PROVISORIO,

ABG. MARÍA EUGENIA PÉREZ
LOS SOLICITANTES Y
SU ABOGADA ASISTENTE
LA SECRETARIA,
ABG. CARMEN CALMA