REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal primero de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Circuito Judicial Civil de El Tigre
El Tigre, 31 de enero de 2014
203º y 154º


ASUNTO PRNCIPAL: BP12-J-2014-000007
ASUNTO: BP12-J-2014-000007


SENTENCIA: DEFINITIVA
MOTIVO: SOLICITUD DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
DECLARA CON LUGAR

Vista la solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana: GREGORIA JOSEFINA LEON GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-8.486.038, actuando en nombre y representación de su hijo …., en el cual solicitan que se les declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del extinto ciudadano CARLOS JOSE MARTINEZ PARIS quien fuera venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº: V-8.485.950, fallecido en fecha 03/10/2013 Anunciado dicho acto a las puertas del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por el alguacil JUAN CARLOS MORILLO, habiéndose constatado la presencia de la solicitante, asistida por la abogada en ejercicio MARIA HERMELINDA TORRES SILVERA, inscrita en el inpreabogado bajo el Nro: 165.377 y los testigos. Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede El Tigre, dirigido por la Jueza Provisorio Abg. SAMINTHA MARIN ZAPATA Concluida la evacuación de las pruebas testimoniales, y la revisión de las documentales, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, y declara PRIMERO: Se Declara con Lugar la Solicitud presentada por la ciudadana GREGORIA JOSEFINA LEON GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-8.486.038, domiciliada en la ciudad de Pariaguan del Estado Anzoátegui actuando en su propio nombre y en nombre y representación de sus hijos: …., asistida por la abogada en ejercicio MARIA HERMELINDA TORRES SILVERA, inscrita en el inpreabogado bajo el Nro: 165.377, el cual solicita que se le declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del difunto ciudadano CARLOS JOSE MARTINEZ PARIS quien fuera venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº: V-8.485.950, fallecido en fecha 03/10/2013, SEGUNDO: Se DECRETA como HEREDEROS UNIVERSALES del Ciudadano CARLOS JOSE MARTINEZ PARIS quien fuera venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº: V-8.485.950, fallecido en fecha 03/10/2013, a la ciudadana GREGORIA JOSEFINA LEON GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-8.486.038 y a sus hijos: ….. respectivamente, dejándose a salvo derechos de terceras personas, a tenor de lo consagrado en el artículo 517 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, así se decide. Entréguese originales de las presentes actuaciones a las partes interesadas, y cuantas copias certificadas como requieran, dejándose copia certificada de la misma en el archivo de este Tribunal.- Cúmplase
Publíquese, regístrese, déjese, copia certificada en el Tribunal como lo ordena el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Tribunal Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre, a los treinta y uno (31) días del mes de enero del año dos mil catorce (2014). Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.-
La jueza provisoria


Abg. Samintha Milagros Marín Zapata

La Secretaria acc


Abog. Mariana LLavanera






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