REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui extensión El Tigre
El Tigre, trece de enero de dos mil catorce
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-J-2013-001920
ASUNTO: BP12-J-2013-001920
Visto la solicitud DISPOCISIÒN DE BIENES, presentada por el ciudadano ARTURO GUILLEN, en su carácter de Defensor Publico Segundo actuando a favor del Adolescente y el ….. hijos de los ciudadanos LUIS ALBERTO CARPIO MALAVE (Difunto) y RAQUEL ADRIANA MUÑOZ NIÑO, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V.10.996.485 y V.-12.437.691. Anunciado el acto a las puertas del Tribunal del Circuito Judicial de Protección por el Alguacil, JUAN CARLOS MORILLO, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede El Tigre, y habiéndose constato comparecencia personal de la parte solicitante, ciudadana RAQUEL ADRIANA MUÑOZ NIÑO, madre del adolescente y niños de autos, debidamente asistido por la abogada ERLING MARCANO GOMEZ en su carácter de Defensoras Publico auxiliar Segundo de Protección de Niños, Niñas y del Adolescente del Estado Anzoátegui, se deja expresa constancia de la comparecencia de la ciudadana, Fiscal Duodécima del Ministerio Público Abog. MARIBEL GONZALEZ , de esta Circunscripción Judicial.- Se constituyen con la JUEZA Milagros Rodríguez, en el Despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, sede El Tigre esta Juzgadora junto con las partes intervinientes.- Seguidamente se le concedió la palabra a la ciudadana RAQUEL ADRIANA MUÑOZ NIÑO ya identificada en autos en quienes exponen :“Solicito se me autorice para realizar todos los tramites correspondientes para el cobro de la póliza de seguro Nº16371, correspondiente a la Empresa BBVA SEGURO PROVINCIAL .C.A, y la póliza de Seguro de la empresa NUEVOMUNDO SEGUROS C.A, identificada con Nº 0000008924 de quien era titular el ciudadano LUIS ALBERTO CARPIO MALAVE (Difunto), quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.996.485, fallecido en fecha 14/05/2013. Es todo.” Este tribunal visto el pedimento formulado, acuerda Primero: Autorizar a la ciudadana RAQUEL ADRIANA MUÑOZ NIÑO ya identificada para que realice todos los tramites concernieres para el pago de la póliza de seguros Nº16371, correspondientes para el cobro de la póliza de seguro Nº16371, correspondiente a la Empresa BBVA SEGURO PROVINCIAL .C.A, y la póliza de Seguro de la empresa NUEVOMUNDO SEGUROS C.A, el primero ubicado en la avenida San Juan Bosco segunda transversal edificio centro Altamira piso 1 , Seguro Provincial , dirección de producción de siniestro Altamira Caracas . El Segundo Esta ubicado, en el centro comercial Flamengo El Tigre Estado Anzoátegui Segundo: acuerda oficiar a las empresa NUEVOMUNDO SEGUROS C.A. y al BBVA SEGURO PROVINCIAL .C.A, para que remitan el monto de de la póliza a través de cheques a nombre de este TRIBUNAL. Cúmplase. Líbrese oficio.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, a los trece (13) días del mes de enero del año 2014.-
La Jueza Provisoria;
Abg. Milagros Rodríguez Trillo
El Secretario Temporal;
Abg. Alfredo Arellan
|