REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental
Barcelona, cinco de febrero de dos mil catorce
203º y 154º
ASUNTO: BP02-U-2011-000288
PARTES:
DEMANDANTE: DIPROCHER PORLAMAR, C.A.
DEMANDADO: Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) Región Insular.
Motivo: RECURSO CONTENCIOSO TRIBUTARIO.
Visto el Recurso Contencioso Tributario recibido por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) Civil, en fecha veintinueve (29) de septiembre de 2011, interpuesto por los abogados MARÍA CAROLINA DE ABREU PÉREZ, FEDERMAN RIGEL FERRER GARCÍA y YESSICA VANNESA BELLO M., venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 11.935.938, 6.931.042 y 18.068.286, e inscrito en el Inpreabogado bajo los Nros. 64.190, 128.996 y 150.470 respectivamente, actuando en condición de apoderados judiciales de la contribuyente DIPROCHER PORLAMAR, CA., e inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en fecha 09 de diciembre de 1992, bajo el Nº 980, Tomo III, Adic. 19, domicilio procesal Calle Virgen del Valle, Local No. A-5, Sector Los Cocos, Porlamar, Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, e inscrita en el Registro de Información Fiscal bajo el Nº J-300584984, recibido en este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, en fecha treinta (30) de septiembre de 2011, en contra de las Resoluciones Nros. SNAT/INTI/GRTI/RIN/DJT/CRA/2011-81 y SNAT/INTI/GRTI/RIN/DJT/CRA/2011-82, ambas de fechas 22-07-2011, las cuales declaran Sin Lugar los Recursos Jerárquicos, interpuesto por la contribuyente en contra de las Resoluciones Nros. SNAT/INTI/RIN/162/2010-00531 de fecha 18-05-2010 y SNAT/INTI/RIN/DF/965/2010-00997 de fecha 17-08-2010, e imponen cancelar lo siguiente:
Resolución Nº SNAT/INTI/GRTI/RIN/DJT/CRA/2011-81:
Nº Planilla de Liquidación Fecha Monto Concepto
091001223001229 10/06/2010 9.750,00 Multa
091001223001230 10/06/2010 9.750,00 Multa
091001223001358 10/06/2010 9.750,00 Multa
091001223001231 10/06/2010 9.750,00 Multa
091001223001232 10/06/2010 9.750,00 Multa
091001223001233 10/06/2010 9.750,00 Multa
091001223001234 10/06/2010 9.750,00 Multa
091001223001236 10/06/2010 9.750,00 Multa
091001223001237 10/06/2010 9.750,00 Multa
091001223001238 10/06/2010 9.750,00 Multa
091001223001239 10/06/2010 1.625,00 Multa
Resolución Nº SNAT/INTI/GRTI/RIN/DJT/CRA/2011-82:
Nº Planilla de Liquidación Fecha Monto Concepto
091001223002044 20/08/2010 325,00 Multa
091001223002043 20/08/2010 2.437,50 Multa
091001223002042 20/08/2010 9.750,00 Multa
091001223002041 20/08/2010 9.750,00 Multa
091001223002040 20/08/2010 9.750,00 Multa
091001223002039 20/08/2010 9.750,00 Multa
emanadas de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Insular del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) adscrito al Ministerio del Poder Popular de Planificación y Finanzas; Este Tribunal Superior observa que se encuentran llenos los requisitos establecidos en el Código Orgánico Tributario vigente, en sus artículos 259, 260, 261, 262, y 266; a saber: Se trata de un acto administrativo de efectos particulares, recurrible en la vía Jurisdiccional, impugnado por ante la autoridad competente, dentro del lapso legal, mediante escrito en el cual se funda y consta la cualidad e interés de la recurrente; así como también queda demostrada la legitimidad de la persona que se presenta como representante de la recurrente; por tanto este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y de conformidad con los Artículos 26, 49 y 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela ADMITE el presente Recurso Contencioso Tributario, interpuesto por los abogados MARÍA CAROLINA DE ABREU PÉREZ, FEDERMAN RIGEL FERRER GARCÍA y YESSICA VANNESA BELLO M, actuando en sus carácter de apoderados judiciales de la contribuyente DIPROCHER PORLAMAR, CA., contra de las Resoluciones Nros. SNAT/INTI/GRTI/RIN/DJT/CRA/2011-81 y SNAT/INTI/GRTI/RIN/DJT/CRA/2011-82, ambas de fechas 22-07-2011, las cuales declaran Sin Lugar los Recursos Jerárquicos, interpuesto por la contribuyente en contra de las Resoluciones Nros. SNAT/INTI/RIN/162/2010-00531 de fecha 18-05-2010 y SNAT/INTI/RIN/DF/965/2010-00997 de fecha 17-08-2010, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Insular del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) adscrito al Ministerio del Poder Popular de Planificación y Finanzas; procédase a su tramitación y sustanciación, de conformidad con los Artículos 267 y siguientes del Código Orgánico Tributario, abriéndose la causa a pruebas a partir del primer (1er) día de despacho siguiente al de hoy, visto que no hubo oposición alguna por parte de la respectiva Administración Tributaria.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el archivo de este Tribunal Superior.
Dado firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de le Región Oriental. Barcelona, a los cinco (05) días del mes de febrero 2014. Años 203° de la Independencia y 154º de la Federación.
El Juez Provisorio,
Dr. Pedro David Ramirez Perez.
El Secretario,
Abg. Héctor Andarcia.
Nota: En esta misma fecha (05-02-2014) siendo las 3:30 p.m., se dictó y publicó la anterior decisión previa las formalidades de Ley. Conste.
El Secretario,
Abg. Héctor Andarcia.
PDRP/HA/gi
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