REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiuno de febrero de dos mil catorce
203º y 155º
ASUNTO: BH01-X-2013-000015
Visto el escrito contentivo de convenimiento presentado por el ciudadano HARLYX ANDRES TREVIZON ARIAS, venezolano, mayor de edad, domiciliado en El Tigre Estado Anzoátegui y titular de la Cedula de Identidad N° 13.246.501, a través de su apoderada judicial EVA GONZALEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 31.376; este Tribunal actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil HOMOLOGA dicho CONVENIMIENTO en la misma forma, términos y condiciones establecidos en su escrito; y en consecuencia, se ordena al Partidor. Designado, ciudadano ELIO MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 2.135.539, inscrito en el SOAVOR Nº 067, incluir en la Partición y Liquidación de la Comunidad Concubinaria, que ha incoado el ciudadano HARLYX ANDRES TREVIZON ARIAS en contra de la ciudadana MARIANNI JOSE ORDAZ ROMERO, el vehículo, Marca CHEVROLET, Modelo LUV, Placas 67FABO, Clase CAMIONETA, Tipo PICK UP, Uso CARGA, Color BLANCO, Serial de Carrocería 8LBETF1M970001773, Serial de Motor 6VE1-258459, Año 2006, cuyo vehículo fue comprado a la empresa Souki de Guayana, C.A., según factura Nº 14580, de fecha 27 de enero de 2007. Cúmplase.
El Juez Temporal,
Abog. Alfredo José Peña Ramos
La Secretaria,
Abog. Judith Moreno Sabino
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