REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiséis de febrero de dos mil catorce
203º y 155º
ASUNTO: BP02-F-2012-000110
Se contrae la presente causa a la pretensión de interdicción Civil, intentada por la ciudadana Egris Lira Zambrano, actuando en su condición de Fiscal Primera del Ministerio Público, con especial competencia en Protección Civil e Instituciones Familiares de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, en defensa de los derechos e intereses del adulto joven Carlos Luís García Marcano, titular de la cédula de identidad Nº V- 26.075.500, a solicitud de la ciudadana Ateaida Hernández, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V- 8.315.730, domiciliada en Puerto la Cruz, Calle los Olivos, Casa Nº 25, Las Delicia, cerca del Colegio Teodoro Quijada, del Estado Anzoátegui, la cual fue admitida en fecha 21 de Junio de 2012, se procedió a abrir la averiguación sumaria correspondiente, la designación y debida notificación de los Dres. Iskra Barreto de Iglesias y José Alfredo Hadad, para que practicaran el examen mental del ciudadano Carlos García, y se fijo hora y fecha para ser escuchados los testigos promovidos.
En fecha 21 de Junio de 2012, se libró boleta de notificación a los Dres. Iskra Barreto de Iglesias y José Alfredo Adad.
En fecha 30 de octubre de 2012, la Fiscal Décima Primera del Ministerio Público solicito oportunidad para ser oídos los ciudadanos Yolanda Guevara, titular de la cédula de identidad Nº V- 4.011.999, Luisa Chauran, titular de cédula de identidad Nº V-10.290.663, Luisa Aguilera, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.190.071 y Jenni Febres, titular de la cédula de identidad 14.670.165. Asimismo solicito que fuera librado oficio al Hospital Universitario Dr. Luís Razetti, al Departamento de Psiquiatría para que le fueran realizadas las debidas evaluaciones al ciudadano Carlos Luís García Marcano.
En fecha 01 de noviembre de 2012, se fijo fecha y hora para ser escuchados los testigos promovidos, y se libro el oficio solicitado. Asimismo se dejo sin lugar el nombramiento de los médicos psiquiatras designados.
En fecha 21 de febrero de 2014, compareció la ciudadana Egris Lira Zambrano, actuando en su condición de Fiscal Primera del Ministerio Publico, actuando en su condición de Fiscal Primera del Ministerio Publico, con especial competencia en Protección Civil e Instituciones Familiares de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, en defensa de los derechos e intereses del adulto joven Carlos Luís García Marcano , a solicitud de la ciudadana Ateaida Hernández, presentando diligencia, mediante la cual desiste del presente procedimiento, junto con anexo de acta de comparecencia de la ciudadana Ateaida Hernández, ante la Fiscalia Décima Primera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en la cual manifiesta su voluntad de desistir del procedimiento de Interdicción Civil del joven Carlos García, por cuanto la situación que dio origen a la solicitud ha cambiado, ya que dicho ciudadano se defiende y trabaja, en tal sentido, el Tribunal, acuerda de conformidad con lo solicitado y HOMOLOGA el referido desistimiento, en los mismos términos y condiciones presentado por la solicitante y conforme a la Ley, asimismo se declara terminado el presente proceso, y se ordena su remisión al archivo judicial.-
EL JUEZ PROVISORIO,
ABG. JESUS SALVADOR GUTIERREZ DIAZ LA SECRETARIA,
ABG. MIRLA MATA ROJAS.
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