REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la
Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, catorce (14) de febrero de dos mil catorce (2014)
203º y 154º
ASUNTO: BP02-L-2013-000500
PARTE ACTORA: ciudadana DORIS DEL CARMEN GARCIA ATAGUA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°.4.213.687.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: abogados GICELDA ATAGUA y GILBERTO MARTINEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 36.859 y 98.131, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: SERENOS MONAGAS, C.A.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: abogados LUIS GUZMAN y KATHY VALVERDE, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros.132.543 y 28.789, respectivamente.-
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO
En horas de despacho del día de hoy, catorce (14) de febrero de dos mil catorce (2013), siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia de juicio en la causa por Calificación de Despido, seguida por la ciudadana DORIS DEL CARMEN GARCIA ATAGUA contra la empresa SERENOS MONAGAS, C.A. Se constituye de conformidad con lo previsto en el artículo 16 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Presidido por la Juez ABG. ANALY SILVERA, la Secretaria ABG. ROMINA VACCA y el Alguacil VICTOR PORCELLI, razón por la cual se abre la sesión y se da inicio a la Audiencia de Juicio. Posteriormente la Ciudadana Juez señala que la presente audiencia será reproducida por los medios audiovisuales; se ordenó a la Secretaria informar el motivo de la presente Audiencia y dejar constancia de la presencia de la partes. La Secretaria dio cuenta a la ciudadana Juez del objeto de la presente Audiencia, dejándose constancia de la incomparecencia de la parte actora por si o a través de apoderado judicial alguno; y se deja expresa constancia de la comparecencia de la parte demandada a través de sus apoderados judiciales abogados LUIS GUZMAN y KATHY VALVERDE, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros.132.543 y 28.789, respectivamente. Acto seguido, vista la constancia dejada por la secretaria respecto a la no asistencia de la parte demandante en el presente juicio, de conformidad con la disposición contenida en el primer aparte del artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, resulta forzoso para este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declarar DESISTIDA LA ACCIÓN incoada por la ciudadana DORIS DEL CARMEN GARCIA ATAGUA contra la empresa SERENOS MONAGAS, C.A, con la expresa advertencia que de acuerdo con sentencia del Alto Tribunal, en Sala Constitucional, número 1184 de fecha 22 de septiembre de 2009, tal consecuencia jurídica no implica en modo alguno renuncia de los derechos laborales del accionante. No se condena en costas a la parte actora, conforme lo dispuesto en el último aparte del artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se deja constancia que la presente audiencia fue grabada por medio audiovisual debidamente manipulada por el técnico Jesús Guevara, con cámara SONY serial Nro.1970427. Es todo. Se termino se leyó y conformes firman.-
LA JUEZA PROVISORIA,
ABG. ANALY SILVERA
APODERADOS JUDICIALES
DE LA DEMANDADA,
LUIS GUZMAN
KATHY VALVERDE
LA SECRETARIA,
ABG. ROMINA VACCA
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