Tribunal de Violencia contra la Mujer en Función de Control, Audiencia y Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui- Barcelona
Barcelona, 6 de Febrero de 2014
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2012-002174
ASUNTO : BP01-S-2012-002174

Visto el escrito presentado por la DRA. SOFIA RINCON, en su condición de Defensora Publica del imputado FRANCISCO JOSE LOPEZ RODRIGUEZ, donde solicita a este Juzgado le sean Extendida las Presentaciones que fueron impuestas por este Juzgado en fecha 30 de abril de 2012, en razón que la medida de coerción interfiere en el normal desenvolvimiento de las actividades diarias. Asimismo, consigna Constancia de Trabajo suscrita por el Consejo Comunal “Santa Eduviges”, este Tribunal a los fines de decidir observa:
En fecha 30 de abril de 2012, este Tribunal de Control, Audiencias y Medidas llevo a cabo audiencia de presentación, oportunidad en la cual decreto MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS a favor del imputado FRANCISCO JOSE LOPEZ RODRIGUEZ, VENEZOLANO, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nº 10.287.481, NATURAL DE BARCELONA, EN FECHA 19-02-68, HIJO ENEILDA BRITO Y EFRAIN BRITO (F) PROFESIÓN U OFICIO OBRERO, RESIDENCIADO EN VEREDA 14, Nº 35, SECTOR 3, DETRÁS DE DEL CICPC DE BARCELONA, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA Y ACTOS LASCIVOS, tipificados en los artículos 42 y 45de la Ley Orgánica de Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana cuya identidad se omite.
Así las cosas se evidencia de las revisiones efectuadas al Sistema JURIS 2000, que el imputado FRANCISCO JOSE LOPEZ RODRIGUEZ, ha cumplido cabalmente con el Régimen de Presentaciones impuestas, en tal sentido se observa del comportamiento del imputado que desde que se encuentra en libertad, ha cumplido con sus obligaciones, observándose con ello que ha querido someterse a la Persecución Penal, que se sigue en su contra, es por el cual estima conveniente este Juzgador acordar lo solicitado a los fines de garantizar su derecho al trabajo, toda vez que fue consignado en autos constancia de trabajo expedida por el Consejo Comunal “Santa Eduviges”. En consecuencia, es por lo que se acuerda extender el Régimen de Presentaciones Periódicas, de cada QUINCE (15) DÍAS a cada CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS, en aras de garantizar, el derecho al Trabajo consagrado en el articulo 87 de nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y ASÍ SE DECIDE.

DISPOSITIVA

Por todos los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS N° 01 DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, Acuerda Extenderle el Lapso de Presentaciones de cada QUINCE (15) DÍAS a cada CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS, en aras de garantizar, el derecho al Trabajo consagrado en el articulo 87 de nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela al imputado FRANCISCO JOSE LOPEZ RODRIGUEZ, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Líbrese el oficio al Jefe de la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, del Estado Anzoátegui, a los fines de participarle del presente pronunciamiento.

EL JUEZ DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS N° 01

DR. FABRICIO LOPEZ
LA SECRETARIA

ABG. MILADIS HERNANDEZ