REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciaciòn de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoategui extensión El Tigre
El Tigre, doce de febrero de dos mil catorce
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2009-000555
ASUNTO: BP12-S-2009-000555



SENTENCIA INTERLOCUTORIA
MOTIVO: CONSIGNACION DE BIENES
ADOLESCENTE: ….

Visto que en la oportunidad para que tenga lugar la Audiencia Preliminar a la que se contrae el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, con ocasión a la solicitud de CONSIGNACION DE BIENES, presentada por la empresa SCLUMBERGER VENEZUELA, S.A. a favor de la ciudadana FLORENCIA TINEDO MARTINEZ, quien actúa en nombre y representación de sus hijos, ….., en virtud del fallecimientote su padre el ciudadano ALEJANDRO COROMOTO ARIAS GUZMAN, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº: V-3.957.990. Anunciado el acto a las puertas del Tribunal del Circuito Judicial de Protección por el Alguacil, JUAN CARLOS MORILLO, se deja expresa constancia de la comparecencia de la solicitante y de los ciudadanos MANUEL ALEJANDRO ARIAS TINEDO y ANAFLORANGEL VICTORIA ARIAS TINEDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-23.522.914 y V-23.522.915, el adolescente ….. Compareció igualmente la Fiscal Auxiliar Duodécima del Ministerio Público Abog. MARIBEL GONZALEZ de esta Circunscripción Judicial.- Se constituyen en el Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, sede El Tigre esta Juzgadora junto con las partes intervinientes.- Seguidamente se le concedió la palabra a la solicitante Ciudadana FLORENCIA TINEDO MARTINEZ, antes identificada, quien expuso: “Solicito muy respetuosamente a este Tribunal se sirva hacerme entrega de la cantidad de DOCE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE BOLÌVARES CON NOVENTA CENTÌMOS (Bs. 12.699,90) para la adquisición de un (01) equipo de computación para mi hijo …., el cual requiere para sus estudios, para lo cual consigno en este acto presupuesto emitido por ANACO COMPUTER, C.A. Es todo.” Asimismo se le concedió el derecho de palabra a los ciudadanos MANUEL ALEJANDRO ARIAS TINEDO y ANAFLORANGEL VICTORIA ARIAS TINEDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-23.522.914 y V-23.522.915, quienes exponen: “Solicitamos al tribunal respetuosamente se nos haga entrega de la cantidad de DOCE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE BOLÌVARES CON NOVENTA CENTÌMOS (Bs. 12.699,90), para cada uno de nosotros en virtud de que hemos alcanzado la mayoría de edad, y dicho monto nos corresponde en virtud del fallecimiento de nuestro padre ALEJANDRO COROMOTO ARIAS GUZMAN, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº: V-3.957.990, Es todo.” Seguidamente interviene la Abog. MARIBEL GONZALEZ en su condición de Fiscal Auxiliar Duodécima del Ministerio Público, quien expuso: “En cuanto al pedimento formulado por la referida ciudadana no tengo objeción que hacer al respecto, por lo cual emito opinión favorable al respecto. Es todo.” Este tribunal visto el pedimento formulado por la ciudadana FLORENCIA TINEDO MARTINEZ, quien actúa en representación de su hijo …., en virtud del fallecimientote su padre el ciudadano ALEJANDRO COROMOTO ARIAS GUZMAN, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº: V-3.957.990 por cuanto dicho pedimento no es contrario a las Leyes y a ninguna de las disposiciones legales, en consecuencia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley, Acuerda: hacer entrega a la ciudadana FLORENCIA TINEDO MARTINEZ, quien actúa en representación de su hijo …. de la cantidad de DOCE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE BOLÌVARES CON NOVENTA CENTÌMOS (Bs. 12.699,90) para la adquisición de un (01) equipo de computación. Asimismo se acuerda la entrega de la cantidad de DOCE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE BOLÌVARES CON NOVENTA CENTÌMOS (Bs. 12.699,90) para cada uno de los ciudadanos MANUEL ALEJANDRO ARIAS TINEDO y ANAFLORANGEL VICTORIA ARIAS TINEDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-23.522.914 y V-23.522.915, en virtud de los mismos han alcanzado la mayoría de edad, los cuales serán debitados de la cuenta de ahorros Nº 01750063540060842484 del Banco Bicentenario a nombre de los beneficiarios, y una vez realizado dicho trámite se sirva remitir resultas al tribunal a los fines de cerrar el presente expediente. Ofíciese lo conducente a la Oficina de Control y Consignación para que se le de estricto cumplimiento a lo aquí ordenado. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman. Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias del Tribunal Primero de Primera Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, a los doce (12) días del mes de febrero del año 2014.

La Jueza Provisoria;


Abg. Samintha Milagros Marín Zapata



La Secretaria Titular;


Abog. Mariana Llavaneras