REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal primero de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Circuito Judicial Civil de El Tigre
El Tigre, 5 de febrero de 2014
203º y 154º
ASUNTO PRNCIPAL: BP12-J-2014-000042
ASUNTO: BP12-J-2014-000042
MOTIVO: Justificativo de carga familiar
SOLICITANTE (s): Abog. BEATRIZ PADUA CORREA, en su carácter de Defensora Publica Primera (1°) en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, actuando en nombre del Adolescente …..
ABOGADO(a) ASISTENTE: Defensor Público en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescente Abog. BEATRIZ PADUA CORREA.
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Vista la solicitud presentado por la ciudadana BEATRIZ PADUA CORREA, abogada, en su carácter de Defensora Pública Primera de Protección, actuando en representación del Adolescente ….. hijo de la ciudadana DELBYS VIVIANA CORREA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.- 17.747.485 solicitud del ciudadano NELSON OMAR FREITAS BLANCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro 11.412.135, domiciliado en la Alberto carnevalli, casa 12, sector la charneca El Tigre, Estado Anzoátegui, mediante la cual ocurre ante esta competente autoridad para solicitar JUSTIFICATIVO DE CARGA FAMILIAR. Anunciado dicho acto a las puertas del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por el alguacil JOSE ANTONIO BOADA, habiéndose constatado la presencia de la solicitante, la defensora publica de protección, el adolescente y los testigos aportados por la solicitante. Se constituyen en el Despacho del Tribunal primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, sede El Tigre, esta Juzgadora junto a las partes intervinientes en el presente asunto. Concluida la evacuación de las pruebas, y la revisión de las documentales y oídas las opiniones respectivas, esta Jueza del Tribunal primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar Con Lugar la presente solicitud presentada por la BEATRIZ PADUA CORREA, en su carácter de Defensora Publica Primera (1°) en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, actuando en nombre del Adolescente ….. de este domicilio SEGUNDO: Otorga el presente justificativo de CARGA FAMILIAR al Ciudadano NELSON OMAR FREITAS BLANCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro 11.412.135, domiciliado en la Alberto carnevalli, casa 12, sector la charneca El Tigre, Estado Anzoátegui, a favor del Adolescente ….. a tenor de lo consagrado en el artículo 517 la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Entréguese originales de las presentes actuaciones a las partes interesadas, y tantas copias certificadas como requieran, dejándose copia certificada de la misma en el archivo de este Tribunal. Cúmplase.
Publíquese, regístrese, déjese, copia certificada en el Tribunal como lo ordena el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Tribunal primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección del Niños, Niñas y Adolescente de esta Circunscripción de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede El Tigre, a los cinco (5) días del mes de febrero del año dos mil catorce (2014). Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación
La jueza provisoria
Abg. Samintha Milagros Marín Zapata
La secretaria acc
Abog. Mariana LLavaneras
BREBO
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