REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, ocho de julio de dos mil catorce
204º y 155º
ASUNTO: BP02-N-2014-000146
Siendo que la parte recurrente no consignó suficientes elementos que acrediten los trámites efectuados en la Inspectoría del Trabajo que permitan formar criterio sobre la admisión del presente recurso, en cuanto a la abstención funcionarial denunciada, tal como le fue solicitado, ello en conformidad con los artículos 36 y 66 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial. del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara inadmisible el presente asunto. Y así se decide.-
El Juez temporal
Teddy Jim Parra
La Secretaria,
Abg. Argelis Rodríguez