REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del Edo. Anzoátegui
Barcelona, treinta y uno de julio de dos mil catorce
204º y 155º
ASUNTO: BP02-V-2011-001011
SENTENCIA
Visto el escrito contentivo de TRANSACCIÓN, suscrito entre la Abogada en Ejercicio ADAYELIS GUERRERO RODRIGUEZ, IPSA N° 116.090 en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano GROVES DE JESUS FRANCO RONDON, titular de la cedula de identidad N° V-8.206.582, quien es parte demandante en el presente juicio, por una parte, y por la otra, el ciudadano WAIMER LIHON CALDERON, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-13.026.649, de este domicilio, asistido por los Abogados LUZ MARINA VISCONTI GUILLEN E ISMAEL BARRERA GUERRERO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros: 54.521 y 15.374, el Tribunal, por cuanto tal actuación no es contraria al orden público y versa sobre derechos disponibles, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y con base a lo establecido en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su HOMOLOGACIÓN en los mismos términos y condiciones establecidos en dicho escrito.- Así mismo, mediante el presente auto este Tribunal acuerda las copias Certificadas solicitadas en el escrito anterior.- Cúmplase.-
El Juez,


Abog. JOSE JESUS RAMIREZ El Secretario,


Abg. Oswaldo Fernández.-


En esta misma fecha, siendo las 02:30 PM.; se dictó y publicó la anterior sentencia. Conste.-

JJG/ viñoles